Según define la Ley
7/2022, de 8 de Abril de residuos y suelos contaminados para una economía
circular, un RESIDUO es cualquier sustancia u objeto que su
poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar.
Los RESIDUOS SANITARIOS son todos los producidos en cualquier
establecimiento o servicio en el que se desarrollen actividades de atención a
la salud humana. A este respecto, el material sanitario debe considerarse RESIDUO a partir del momento en que su utilidad o manejo clínico se den definitivamente
por concluidos
CLASIFICACIÓN Y CONTENERIZACIÓN
El SESCAM distingue VI
CLASES de residuos más los Residuos objeto de regulación propia
CLASE I. RESIDUOS DOMÉSTICOS
Se trata de residuos
producidos en los centros sanitarios, de naturaleza similar a los residuos
generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas.
Proceden, en su mayoría, de zonas administrativas, almacenes, cafeterías y
cocinas.
- Papel y cartón
Cajas de cartón,
periódicos, bolsas de papel, revistas y hojas de papel sin datos de carácter
personal, entre otros
Segregación en bolsas
de color azul
- Envases ligeros
Briks de leche o zumo,
botellas de plástico, envoltorios de sándwich, bandejas de aluminio o corcho
blanco, vasos de plástico, tarrinas de yogur, bolsas de plástico, latas de
refresco o conservas, bolsas/envoltorios de aperitivos, papel de aluminio y
film, entre otros.
Segregación en bolsas
de color amarillo
- Biorresiduos domésticos
Los biorresiduos domésticos son los residuos orgánicos biodegradables de origen vegetal y/o animal, susceptibles de degradarse biológicamente. Están constituidos por las siguientes fracciones:
- Fracción
Orgánica: restos de la preparación o manipulación de comida
y elaboración de productos alimentarios, restos sobrantes de comida, alimentos
en mal estado y excedentes alimentarios que no se han consumido (separados de
su envase o embalaje).
- Fracción Vegetal: restos vegetales de
pequeño tamaño y de tipo no leñoso procedentes de jardinería y poda (malas
hierbas, césped, pequeñas ramas de poda, hojarasca, etc.).
- Poda:
restos vegetales de jardinería y poda de mayor tamaño y de tipo leñoso
Segregación en bolsas
de color marrón, si se recoge la fracción orgánica como fracción separada, o
contenedores, según la naturaleza del residuo.
- Fracción resto
Fracción de los
residuos domésticos que se obtiene una vez efectuada la segregación de otras
fracciones. Todavía puede contener materiales valorizables en diferentes
cantidades en función de los niveles de recogida separada que se consiguen para
las otras fracciones.
Segregación en bolsas
de color negro
- Residuos voluminosos
Los residuos
voluminosos son aquellos de tamaño grande que por sus dimensiones pueden
distorsionar la gestión ordinaria de los residuos domésticos. Entre otros,
muebles y enseres como camas, colchones, mesas, sillas, armarios, madera y
chatarra.
- Aceites usados de cocina
Grasas de origen animal
o vegetal (aceites de oliva, de semillas de girasol y otras, etc.) utilizadas
para cocinar.
Eliminar los aceites de
cocina usados, incluso en cantidades pequeñas, por fregaderos, inodoros u otros
elementos de la red de saneamiento pública es una práctica que se debe evitar.
Tal acción implica riesgo de atascos de tuberías, dificultades e incremento de
costes en los procesos de depuración de aguas residuales, así como la formación
de una película superficial en aguas de ríos, lagos, etc., que afecta al
intercambio de oxígeno y perjudica a los seres vivos de los ecosistemas. Se
estima que un litro de aceite puede contaminar mil litros de agua.
Existe la posibilidad
de gestión gratuita a través de empresas especializadas
CLASE II. RESIDUOS SANITARIOS ASIMILABLES A DOMÉSTICOS
Residuos consistentes
en materiales de un solo uso, ropa, guantes y mascarillas, yesos, material de
curas, pañales o compresas, filtros de diálisis, sondas, tubuladuras, sistemas
de infusión, envases que hayan contenido orina (o que la contengan, en caso de
no ser posible su vaciado a la red de saneamiento), recipientes de drenaje
vacíos, bolsas vacías de sangre u otros líquidos biológicos y cualquier otro
residuo manchado o que haya absorbido líquidos biológicos, siempre que no esté
incluido en las clases III o IV
Se depositarán en
bolsas de color gris, que deberán cerrarse convenientemente de modo que se
impida su apertura accidental
Los residuos de envases
y vidrio de uso sanitario que no reúnan características de peligrosidad pueden
ser aptos de recogerse selectivamente para su reciclado
CLASE III. RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECÍFICOS
Residuos producidos
como resultado de las actividades de atención sanitaria y/o investigación, que
requieren un manejo diferenciado en todas las etapas de su gestión, ya que
pueden presentar riesgo para la salud y el medio ambiente
Se incluyen en esta
clase:
- Residuos procedentes de pacientes con alguna de las enfermedades infecciosas incluidas en el Anexo I, que se consideren potencialmente capaces de transmitirlas.
- Cultivos y reservas de agentes infecciosos y material de desecho en contacto con ellos: placas petri, hemocultivos, vacunas vivas o atenuadas, extractos líquidos, así como los filtros de alta eficacia de las cabinas de seguridad biológica.
- Restos humanos de escasa entidad: tejidos o partes del cuerpo no incluidos en el ámbito del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, obtenidos como consecuencia de traumatismos, actividades quirúrgicas o forenses, piezas dentales, productos de la concepción (placentas…) y similares, no conservados mediante formaldehído o producto químico equivalente.
- Residuos líquidos biológicos sin consideración de residuos infecciosos: sangre y hemoderivados, líquido pleural, peritoneal, sinovial, pericárdico, ascítico, cefalorraquídeo, trasudados, exudados, contenido de abscesos o drenajes y otros fluidos biológicos excepto orina, no incluidos en el Anexo I, cuando no se eliminen por el sistema general de saneamiento.
- Objetos cortantes o punzantes: todo instrumento u objeto cortante o punzante utilizado en la actividad sanitaria, incluyendo agujas hipodérmicas, hojas de bisturí, lancetas, capilares, portaobjetos, cubreobjetos, pipetas, asas de siembra y cualquier otro material que, habiendo estado en contacto con productos biológicos, sea capaz de cortar o punzar.
- Residuos procedentes de animales infecciosos o inoculados con agentes infecciosos responsables de alguna de las enfermedades incluidas en el Anexo I en el Protocolo para la gestión de residuos sanitarios del SESCAM, cadáveres, restos anatómicos y residuos procedentes de su estabulación, cuando se consideren potencialmente capaces de transmitirlas y no se incluyan dentro del ámbito de aplicación de la legislación en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.
Los residuos
biosanitarios específicos se depositarán en contenedores negros salvo los objetos
cortantes o punzantes, que disponen de contenedores específicos de color amarillo
![]() |
Anexo I del Protocolo
para la gestión de residuos sanitarios del SESCAM |
CLASE IV. RESIDUOS DE MEDICAMENTOS
- IV.a. Residuos de medicamentos peligrosos
Residuos de
medicamentos citotóxicos y citostáticos y todo el material utilizado en su
preparación o que haya estado en contacto con ellos, incluyendo los filtros de
alta eficacia de las cabinas de seguridad biológica.
Residuos de otros
medicamentos cuyo manejo inadecuado implique riesgo para la salud del personal manipulador.
Estos residuos se depositarán en envases de color azul, existiendo contenedores específicos para los residuos punzantes que se incluyan dentro de esta clase
- IV.b. Residuos de medicamentos no peligrosos
Medicamentos no
peligrosos caducados así como restos contenidos en recipientes abiertos,
comprimidos y cápsulas sueltas.
Estos residuos se
depositarán en contenedores de color amarillo.
Los sueros y la
alimentación parenteral no son medicamentos caducados, sino que se gestionan
como residuos sanitarios asimilables a doméstico
CLASE V. RESIDUOS QUÍMICOS
Residuos peligrosos de
origen químico, procedentes de la actividad asistencial o investigadora, que no
pertenezcan a las clases III o IV. Entre otros posibles:
Como norma general,
estos residuos se depositarán en contenedores de color rojo (restos en formol,
sólidos contaminados químicamente...) o amarillo (mercurio, reactivos de
laboratorio...)
Los residuos químicos
líquidos se depositarán en garrafas de 5, 10 o 25 litros.
Los envases vacíos
contaminados se depositarán, preferentemente, en sacos específicos de
polietileno (galga mínima 400, soporte metálico) o big‐bag
CLASE VI. RESIDUOS INDUSTRIALES Y DE MANTENIMIENTO
Residuos
de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)
Residuos
de aparatos eléctricos y electrónicos.
Comprende todos
aquellos componentes, subconjuntos y consumibles que forman parte del producto
en el momento en que se desecha.
En un centro sanitario
podemos encontrar:
- Lámparas
fluorescentes. Tubos fluorescentes lineales y no
lineales, lámparas compactas integradas y no integradas, lámparas de descarga y
LEDS retrofit. No incluye lámparas incandescentes o halógenas. Algunas lámparas
poseen en su interior pequeñas cantidades de mercurio, por lo que se debe
reciclar este tipo de residuo para evitar su emisión al medio ambiente.
- Luminarias.
Luminarias de cualquier tipo y tamaño, incluyendo faroles, plafones y
luminarias de emergencia.
- Pilas
y acumuladores. Las pilas y acumuladores contienen
algunos metales pesados como el mercurio, el cadmio o el plomo, que son
potencialmente peligrosos para la salud y el medio ambiente. Por ello, se
consideran residuos peligrosos y están sujetos a una recogida y tratamiento
específicos.
- Tóner.
Residuos de tóner de impresión y cartuchos de tinta.
Además de los
anteriores, en los centros sanitarios se producen otros RAEE, como equipos
informáticos y de electromedicina
Tierras
y escombros
Residuos de la
construcción y demolición compuestos por restos de tierra, arenas y similares
utilizados en construcción y provenientes de pequeñas obras y reformas.
Aceites
usados
Aceites minerales o
sintéticos, industriales o de lubricación, que hayan dejado de ser aptos para
el uso originalmente previsto, como:
- Los aceites usados de motores de combustión y los aceites de cajas de cambios,
- Los aceites lubricantes
- Los aceites para turbinas
- Los aceites hidráulicos
RESIDUOS OBJETO DE REGULACIÓN PROPIA
Restos
humanos de entidad suficiente
Cadáveres
y restos humanos procedentes de abortos, mutilaciones y
operaciones quirúrgicas, entre los que se incluyen piezas clínicas de
amputación (diabetes, arteriosclerosis, tumores, infección...) y procedentes de
accidentes (miembros catastróficos). Son regulados por el Reglamento de Policía
Sanitaria Mortuoria, el Decreto 72/1999, de 01‐06‐99, de sanidad mortuoria, de
Castilla‐La Mancha y posteriores normas que los desarrollan y modifican.
Con objeto de
normalizar la gestión de piezas de amputación en los centros dependientes del
SESCAM y evitar malos usos de contenedores, se recomienda la utilización de
bolsas de restos, avalada por la Guía de consenso sobre sanidad mortuoria,
aprobada en Comisión de Salud Pública de 24 de julio de 2018.
Residuos
radiactivos
Los residuos
radiactivos se gestionan de conformidad con el Real Decreto 102/2014, de 21 de
febrero, para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y
los residuos radiactivos, y cualquier otra normativa que resultara de
aplicación, incluyendo cuantas Instrucciones técnicas dictasen los Servicios
responsables atendiendo a su consideración como residuos radiactivos mixtos,
sólidos o líquidos.
GESTIÓN
INTRACENTRO
CONDICIONES GENERALES
La gestión de los
residuos sanitarios en el interior de los centros productores se realizará de
tal forma que se eviten acciones que puedan implicar riesgos para los
trabajadores y usuarios y siempre cumpliendo con lo establecido en la
legislación vigente en sus fases de producción, segregación, transporte y almacenamiento.
Los residuos sanitarios
deberán segregarse, envasarse y etiquetarse en el lugar de producción, antes de
su recogida y transporte.
Serán los trabajadores
del medio sanitario los que realicen la correcta identificación y segregación
por grupos en el lugar donde se produzcan los residuos
Los envases que se
están utilizando:
- NUNCA
se
dejarán en zonas de paso o lugares que puedan dar lugar a tropiezos
- SIEMPRE se mantendrán alejados de cualquier
fuente de calor
Los
contenedores de residuos peligrosos deben utilizarse hasta
su llenado, debiendo alcanzar un peso neto mínimo de:
- 7 Kg los envases de 60 litros
- 5 Kg los envases de 40 litros
- 4 Kg los envases de 30 litros
Los contenedores de
residuos sanitarios deben cerrarse adecuadamente con carácter previo a su
transporte intracentro
CONDICIONES EPECÍFICAS
Residuos biosanitarios específicos
Las
jeringas de plástico, sin sus agujas, podrán considerarse
como residuo de Clase II (residuos sanitarios asimilables a domésticos) siempre
que no estén contaminadas con sustancias o fluidos que puedan implicar su
consideración como residuo de Clase III (residuos biosanitarios específicos) o
IV (residuos de medicamentos).
Durante las
intervenciones quirúrgicas, los
implantes a desechar se depositarán en contenedores de 10 litros de color
amarillo (contenedores destinados a residuos punzantes) identificados con una
pegatina que indicará “implantes”
Residuos líquidos biológicos´
Las excretas, como norma general, se eliminarán por el sistema de saneamiento, siempre que sea posible
- Cuando el vaciado no fuera posible y los envases que las contengan, se eliminarán como residuos de Clase II (residuos sanitarios asimilables a domésticos)
Residuos químicos
- Se recomienda, si es posible, NO manipular en solitario.
- Con la finalidad de evitar salpicaduras, derrames o sobrepresiones, los envases de garrafa NO se llenarán aproximadamente más del 80%.
- Los envases deberán permanecer siempre cerrados y solo se abrirán el tiempo imprescindible para introducir algún residuo
Residuos EETH (Enfermedad de
Creutzfeldt‐Jakob y otras Encefalopatías Espongiformes Transmisibles Humanas)
El Ministerio de
Sanidad y Consumo, establece la siguiente clasificación:
- Tejidos de alta infectividad: sistema nervioso central, especialmente el cerebro, la médula espinal y el ojo.
- Tejidos de baja infectividad: pulmón, hígado, riñón, bazo, ganglios linfáticos y placenta.
- Tejidos, secreciones o excreciones de infectividad no detectable: corazón, músculo esquelético, nervios periféricos, tejido adiposo, tejido gingival, suprarrenal, tiroides, próstata, intestinos, testículos, orina, heces, saliva, secreción mucosa, semen, leche, lágrimas, sudor, exudado seroso.
- Los residuos procedentes de tejidos de infectividad alta y baja de las personas con EETH confirmada o sospechosa o tejidos de infectividad alta de personas con exposición anterior conocida a córnea, duramadre o hormona de crecimiento humana (de EETH confirmada), y cualquier artículo desechable que haya estado en contacto con estos tejidos, deben eliminarse en contenedor rojo. Se etiquetarán como “Residuo biosanitario con destino incineración”
- Los tejidos, secreciones o excreciones de infectividad no detectable no requieren ningún tratamiento especial, más allá de las Precauciones Estándar
Residuos industriales y de mantenimiento
Los residuos de Clase
VI, como aceites usados, luminarias, lámparas fluorescentes, pilas, baterías y
tóner, así como otros RAEE (ofimática y electromedicina) se gestionarán,
preferentemente, a través de Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada
del Productor (SCRAP), ya que son sistemas gratuitos que proveen medios de
contenerización, recogidas de residuos y plataforma de gestión y generación de
certificados.
Residuos de radiodiagnóstico
Siguiendo las
instrucciones del Consejo de Seguridad Nuclear, para desechar un equipo de
rayos X antiguo o fuera de uso hay que proceder a la inutilización del tubo de
rayos X. (lo tendrá que realizar una empresa autorizada)
Filtros de cabina de seguridad biológica
Cuando se sustituyan
los filtros de las cabinas de seguridad biológica en las que se manipulan
medicamentos peligrosos (Clase IV.a) o agentes infecciosos (Clase III), estos
deberán introducirse en los contenedores específicos destinados a los residuos
de dichas clases.
En caso de que su
tamaño impidiese el depósito en estos contenedores los filtros:
- Se introducirán en sacos específicos de polietileno (galga mínima 400)
- Se identificarán con la etiqueta correspondiente a la clase de residuos a la que pertenezcan
NORMAS DE ENVASADO
Clase I. Residuos domésticos
Clase II. Residuos sanitarios asimilables a domésticos
Clase III, IV, V y VI
Como norma general los envases y sus cierres:
- Estarán concebidos y realizados de forma que se evite cualquier pérdida de contenido
- Construidos con materiales NO susceptibles de ser atacados por el contenido NI de formar combinaciones peligrosas
- Serán sólidos y resistentes
- Se mantendrán en buenas condiciones
- Los contenedores reutilizables solo podrán ser reutilizados después de ser sometidos por el gestor a un adecuado proceso de limpieza y desinfección
- Cumplirán los requisitos establecidos en la normativa de transporte de mercancías peligrosas que les sea de aplicación
Para los residuos biosanitarios
específicos:
- Si se optara por un sistema de contenedor reutilizable con bolsa de un solo uso, esta será de color rojo y galga mínima 300.
- Los que requieran
identificación (destinados a incineración o procedentes de enfermedades
infecciosas altamente virulentas), se eliminarán en contenedores rojos de un solo uso
- Una vez utilizados, los contenedores de residuos punzantes o cortantes se introducirán en cajas de cartón homologadas, para facilitar su transporte extracentro
ETIQUETADO
Condiciones generales
Los envases:
- En el momento de su primera utilización deben etiquetarse identificando el residuo que contienen y su riesgo
- En el momento del cierro deben fecharse
La
etiqueta:
- Debe fijarse firmemente sobre el envase
- Deben anularse, si fuera necesario, las indicaciones o etiquetas anteriores
- El etiquetado de las garrafas de residuos químicos lo realizará el personal sanitario
- El etiquetado del resto de contenedores corresponderá al personal de limpieza o bien al personal que determine la dirección del centro
- El personal del servicio de limpieza no debe retirar contenedores, en general y garrafas, en particular, que no estén etiquetadas adecuadamente
- La etiqueta identificativa, suministrada por el gestor de residuos, contendrá la siguiente información
- Código y descripción del residuo así como de sus características de peligrosidad
- Nombre, dirección y teléfono del productor
- Fecha de envasado
- Naturaleza de los riesgos mediante pictogramas
- Identificación del servicio productor
Condiciones específicas
En el Anexo II del
protocolo para la gestión de los residuos sanitarios del SESCAM, incluye los códigos unificados
de contenedores en los almacenes de suministros
Clasificación de Residuos Sanitarios. Pinchar aquí
GESTIÓN DE RESIDUOS SANITARIOS. Pinchar aquí
Bibliografía:
- Protocolo para la gestión de residuos sanitarios, Servicio de Salud de Castilla la Mancha
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