jueves, 28 de marzo de 2024

TRANSPORTE SANITARIO

El transporte sanitario puede ser terrestre, aéreo o marítimo, se efectuará por el medio más conveniente en razón de la necesidad y oportunidad, en el menor tiempo posible y por la ruta más adecuada.

 El transporte sanitario es el que se realiza para el traslado de personas enfermas, accidentadas o por otra razón sanitaria en vehículos especialmente acondicionados al efecto, siendo una prestación complementaria del Sistema Nacional de Salud. 






Los servicios de transporte sanitario por carretera podrán prestarse con vehículos:

  • Adecuados para el traslado individual de enfermos en camilla dotados o no de equipamiento asistencial en ruta
  • Acondicionados para el transporte colectivo de enfermos no aquejados de enfermedades transmisibles

Dependiendo de la distancia que se deba recorrer se utilizará un medio u otro:

  • Distancias menores a 150 Km  se utilizarán el transporte terrestre o el helicóptero
  • Entre los 150 y 300 Km el más apropiado será el helicóptero
  • Entre los 300 y 1000 Km el más recomendado es el avión
  • Superiores a 1000 km  en avión regular adaptado
  • En circunstancias muy especiales se utilizará el barco

TRANSPORTE SANITARIO DE PACIENTES POR CARRETERA

Los vehículos de transporte sanitario por carretera deben cumplir los requisitos señalados en el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, así como los de la normativa de la correspondiente comunidad autónoma en la que tengan su base de actuación

El transporte terrestre podrá ser realizado por las siguientes categorías de vehículos de transporte sanitario

  • Las ambulancias no asistenciales (A1 Y A2) no están acondicionadas para la asistencia sanitaria en ruta
  • Las ambulancias asistenciales (B Y C)  están acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta


Todas las ambulancias deberán cumplir, como mínimo, las siguientes obligaciones:

  1. Identificación y señalización
  •  Identificación exterior, mediante la inscripción de la palabra “ambulancia”, el epígrafe delantero se realizará en sentido inverso para que pueda ser leído por reflexión
  • Señalización luminosa y acústica de preferencia de paso ajustada a la norma vigente
  • Documentos obligatorios
  • Registro de desinfecciones del habitáculo y del equipamiento
  • Libro de reclamaciones

 

  1. Vehículo
  • Vehículo con potencia fiscal, suspensión y sistemas de freno adaptados a la reglamentación vigente
  •  Faros antiniebla anteriores y posteriores
  • Indicadores intermitentes de parada
  • Extintor de incendios reglamentario
  • Neumáticos de invierno, o en su defecto cadenas para el hielo y nieve, los meses de noviembre hasta marzo, ambos incluidos
  • Herramientas para el cuidado del vehículo
  • Señales triangulares de peligro

 

  1. Célula sanitaria
  • Lunas translúcidas
  •  Climatización e iluminación independientes de las del habitáculo del conductor
  • Medidas de isotermia e insonorización aplicadas a la carrocería
  • Las paredes interiores serán lisas y sin elementos cortantes y el suelo antideslizante, todos ellos impermeables, autoextinguibles, lavables y resistentes a los desinfectantes habituales
  • Puerta lateral derecha y puerta trasera con apertura suficiente para permitir el fácil acceso del paciente
  •  Armarios para material, instrumental y lencería
  • Cuña y botella irrompibles


Además de todo lo anterior las ambulancias también deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Deberán cumplir con las condiciones que marca la norma UNE-EN 1789:2007 + A1: 2010
  • Las ambulancias asistenciales deberán contar con dispositivos de transmisión de datos y localización GPS con su Centro de Coordinación de Urgencias (CUU)
  • En todo momento estará garantizada la comunicación con el Centro de Gestión de Tráfico
  • En las ambulancias de clase A2 la disposición de la camilla será opcional
  • Todos los vehículos de transporte sanitario siguiendo la normativa europea deben ser de color amarillo, ya que dicho color sigue siendo visible para casi todas las personas en todas las condiciones de iluminación, incluidas la mayoría de las personas daltónicas.
  • Todas las ambulancias estarán equipadas con luces intermitentes azules.


Posiciones del paciente en el traslado 

El paciente en el traslado debe ir colocado en la posición mas adecuada a su patología para no provocar lesiones nuevas, con la cabeza en el sentido de la marcha.

 Posiciones en el traslado según la dolencia que presente el paciente:

  • Fowler alta en casos de insuficiencia respiratoria, disnea de origen cardiaco
  • Semi-fowler adecuada para pacientes estándar y embarazadas en situación de parto, en este caso la cabeza irá en sentido contrario a la marcha
  • Trendelenburg en casos de hipotensión o shock (hipovolémico y hemorrágico), embarazadas con hemorragia vaginal
  • Antitrendelenburg en casos de traumatismo cráneo encefálico, sospecha de hipertensión intracraneal
  • Decúbito lateral izquierdo en embarazadas a partir de la 26 semana
  • Decúbito supino (una de las posiciones mas habituales en el traslado) sin almohadas en casos de pacientes traumatizados
  • Decúbito lateral de seguridad pacientes con bajo nivel de conciencia ó con vómitos continuados
  • Decúbito prono (menos habitual) posición indicada para quemaduras o heridas en la espalda, problemas vertebrales
  • Decúbito supino con piernas flexionadas (almohada debajo de las rodillas) en casos de dolencias abdominales
  • Sedestación,  la más idónea para pacientes con edema agudo de pulmón, insuficiencia cardiaca

 

Existen factores externos que provocan cambios fisiológicos que pueden empeorar el estado del paciente a la hora de realizar el transporte sanitario, independientemente del tipo de transporte que se utilice para ello. Son el ruido, las vibraciones, la temperatura, la altura, las turbulencias, aceleraciones o desaceleraciones, etc. 

Por lo que tenemos que tener en cuenta:

  • El transporte sanitario terrestre se debe hacer de una forma suave, evitando aceleraciones y desaceleraciones bruscas
  • La camilla debe ir bien anclada, y el paciente bien sujeto a ella, utilizando el colchón de vacío para una mayor inmovilización si fuese preciso
  • Se tomarán medidas de protección acústica en casos del transporte aéreo, ya que el nivel de ruido producido es elevado -110 decibelios-
  • El paciente estará siempre protegido de los cambios de temperatura evitando que se produzca una hipotermia o hipertermia, el habitáculo del transporte estará acondicionado a la temperatura adecuada, se utilizarán mantas térmicas cuando sea necesario

Nunca se iniciará el transporte hasta que el paciente no esté estabilizado y garantizada su seguridad 


 


BIBLIOGRAFÍA
· En el Real Decreto 836/2012, de 25 mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera.
· CEN 1789:2007  norma de la Unión Europea especifica los requisitos para el diseño y equipamiento de los vehículos de transporte sanitario.
· Real Decreto 1211/1991, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres
· www.oposiciones-sanidad.com