Test 380. La Ley de Igualdad (Extremadura) - 04



01. SEGÚN EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, EL PRINCIPIO GENERAL DE ACTUACIÓN POR EL QUE LOS PODERES PÚBLICOS DE EXTREMADURA TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ADOPTAR MEDIDAS PARA GARANTIZAR EL ACCESO Y EL EJERCICIO EFECTIVO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS, CIVILES, ECONÓMICOS, SOCIALES, LABORALES Y CULTURALES SERÍA:

El respeto a la diversidad y a la diferencia
La integración de la perspectiva de género
La interseccionalidad
La igualdad de oportunidades
Resultado:

02. ENTRE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, NO SE ENCUENTRA:

La Comisión Interinstitucional para la igualdad
La Comisión Interdepartamental para la igualdad
El Observatorio de la igualdad en Extremadura
El Consejo Económico y Social de Extremadura4
Resultado:

03. LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, ESTÁ REGULADA EN LA LEY DE FECHA:

6/2015, de 13 de abril
8/2011, de 23 de marzo
2/2014, de 20 de abril
6/2010, de 5 de febrero
Resultado:

04. SEGÚN EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, ¿QUÉ ÓRGANO EMITIRÁ EL INFORME DE EVALUACIÓN DE IMPACTO DE GÉNERO SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DEL PRESUPUESTO?

La Comisión de Impacto de Género de los Presupuestos
El Consejo de Gobierno
El Consejo Extremeño de Participación de las Mujeres
El Instituto de la Mujer de Extremadura
Resultado:

05. LA LEY 8/2011, DE 23 DE MARZO, DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, ENTRA EN VIGOR:

23/3/2011
26/3/2011
24/3/2011
25/3/2011
Resultado:

06. ENTRE LOS ÓRGANOS DE COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, NO SE ENCUENTRA

La Comisión Interdepartamental para la igualdad
La Comisión Interinstitucional para la igualdad
El Consejo Económico y Social de Extremadura
El Observatorio de la igualdad en Extremadura
Resultado:

07. SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 8/2011 DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, CUANDO NOS REFERIMOS A AQUELLA SITUACIÓN QUE GARANTICE LA PRESENCIA DE MUJERES Y HOMBRES DE FORMA QUE, EN EL CONJUNTO DE PERSONAS A QUE SE REFIERA, CADA SEXO NI SUPERE EL SESENTA POR CIENTO NI SEA MENOS DEL CUARENTA POR CIENTO, HABLAMOS DE:

Discriminación indirecta
Representación equilibrada
Acoso sexua
Discriminación directa
Resultado:

08. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA LEY 8/2011, DE 23 DE MARZO, DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, LA SITUACIÓN EN QUE LA APLICACIÓN DE UNA DISPOSICIÓN, CRITERIO O PRÁCTICA APARENTEMENTE NEUTROS PONE A LAS PERSONAS DE UN SEXO EN DESVENTAJA PARTICULAR CON RESPECTO A LAS PERSONAS DEL OTRO, SALVO QUE LA APLICACIÓN DE DICHA DISPOSICIÓN, CRITERIO O PRÁCTICA PUEDA JUSTIFICARSE OBJETIVAMENTE EN ATENCIÓN A UNA FINALIDAD LEGÍTIMA, Y QUE LOS MEDIOS PARA ALCANZAR DICHA FINALIDAD SEAN NECESARIOS Y ADECUADOS, SE ENTIENDE ES:

Discriminación directa
Discriminación indirecta
Acoso sexual
Acoso por razón de sexo
Resultado:

09. LOS PODERES PÚBLICOS DE EXTREMADURA, PARA HACER EFECTIVAS LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 8/2011, DE 23 DE MARZO, DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA Y GARANTIZAR DE MODO EFECTIVO LA INTEGRACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN:

Realizarán periódicamente análisis e investigaciones sobre la situación de desigualdad por razón de sexo, edad, creencias políticas, religión y raza, y nunca difundirán sus resultados
Realizarán periódicamente análisis e investigaciones sobre la situación de desigualdad por razón de sexo y no difundirán sus resultados
Realizarán periódicamente análisis e investigaciones sobre la situación de desigualdad por razón de sexo y difundirán sus resultados
Realizarán una vez al mes análisis e investigaciones sobre la situación de desigualdad por razón de sexo y no difundirán sus resultados
Resultado:

10. LA LEY 8/2011, DE 23 MARZO, DE IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EXTREMADURA, SEGÚN ESTABLECE EN SU ARTÍCULO 1, TIENE POR OBJETO:

La especial atención y garantía de los derechos de las mujeres que viven en el medio rural
La coordinación y colaboración de los poderes públicos extremeños para eliminar la violencia de género
Combatir de modo integral la violencia de género para avanzar hacia una sociedad extremeña más libre, justa, democrática y solidaria
Adoptar las medidas específicas a favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad respecto de los hombres
Resultado:













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Publicado por www.celadoresonline.com el 27 de Mayo de 2024

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