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sábado, 31 de enero de 2026

Estanterías compactas Drive in y Drive-Through

Existen diferentes sistemas de almacenaje compacto, cuya finalidad es optimizar el espacio disponible en un almacén, en el que podemos ver estanterías compactas tipo Drive in y Drive-Through




Características de las estanterías compactas Drive in y Drive-Through

Comunes:

  • Son un sistema de almacenaje de alta densidad diseñado para conseguir una máxima optimización de la superficie y la altura del almacén
  • Se minimizan los pasillos de trabajo de la carretilla
  • Los pasillos de trabajo se generan en el interior de la propia estantería
  • Facilitan el eficiente control de inventarios

Diferencias:

Las estanterías compactas Drive in:

  • Funcionan bajo el método de gestión LIFO (Last in, First out) último en entrar, primero en salir
  • Sistema adecuado para almacenes con baja rotación de la mercancía.
  • Sistema compacto sencillo, su estructura cuenta únicamente con un pasillo de acceso para las carretillas elevadoras, donde se realiza la carga y la descarga. La carretilla debe entrar y retroceder por el mismo camino
  • Permiten un excelente control del stock en el almacén, ya que cada calle de la estructura está destinado exclusivamente a una referencia de producto, lo que evita confusiones pero limita la variedad de productos en una misma estructura.


Las estanterías compactas Drive-Through:

  • Son adecuadas para el método de gestión FIFO (First in, First out) primero en entrar, primero en salir
  • Sistema adecuado para productos con una alta rotación
  • Requiere dos accesos, uno para la carga y otro para la descarga del material





Bibliografía

· AR Racking








Publicado por www.celadoresonline.com el 31 de Enero de 2026

Queda prohibida la reproducción por cualquier medio sin permiso expreso


lunes, 10 de noviembre de 2025

ACLARANDO PREGUNTAS...

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TRASLADO DEL PACIENTE DESDE EL SERVICIO DE ADMISIÓN:


MOVILIZACIÓN Y DEAMBULACIÓN DE UN PACIENTE HEMIPLEGICO: 


POSICIÓN ADECUADA PARA EL TRASLADO DE UNA MUJER EMBARAZADA CON PROLAPSO UMBILICAL Pinchar aquí


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ACLARANDO PREGUENTA… POSICIÓN ADECUADA PARA EL TRASLADO DE UNA MUJER EMBARAZADA CON PROLAPSO UMBILICAL

PARA EL TRASLADO DE UNA MUJER EMBARAZADA QUE PRESENTA PROLAPSO DEL CORDÓN UMBILICAL, QUE POSICIÓN SE DEBE ADOPTAR?

a)     Decúbito supino

b)    Trendelenburg

c)     Decúbito lateral izquierdo

d)    Decúbito lateral derecho

La respuesta correcta a esta pregunta es la B, Trendelenburg

El prolapso del cordón umbilical ocurre cuando el cordón se desliza por delante del bebé durante el parto (sale de la vagina antes el cordón que el bebé), lo que puede comprimir el cordón e interrumpir el suministro de oxigeno al feto, por lo que se trata de una emergencia que requiere atención médica inmediata y que suele dar origen a una cesárea de emergencia

En caso de prolapso del cordón umbilical se debe colocar inmediatamente a la mujer embarazada en una de las siguientes posiciones para intentar aliviar la presión sobre el cordón umbilical:

Posición genupectoral, la posición más adecuada cuando la mujer se encuentra en su casa en espera de la llegada del transporte sanitario (la paciente está apoyada sobre las rodillas, sobre una cama o camilla, con el tronco inclinado hacia adelante y los brazos sirviendo como apoyo al resto del cuerpo). Siempre que sea posible también es una posición adecuada para el traslado de la paciente.




Posición de Trendelenburg, la paciente se sitúa en decúbito supino, con una inclinación de 15 a 30º, con la pelvis elevada  y la cabeza mas baja que los pies (el objetivo es que la pelvis quede elevada por encima de la cabeza), lo que permite que la gravedad ayude a desplazar el peso del bebé y lo aleje del cordón prolapso. Posición adecuada para el traslado de la paciente en camilla dentro de una ambulancia.



Posición de Sims exagerada, durante el traslado de la paciente en el transporte sanitario esta posición también es idónea, es un decúbito lateral izquierdo con una almohada debajo de la cadera o una almohada entre las piernas.



Por lo que podemos comprobar NO existe una posición específica, sino varias opciones, que tienen la misma finalidad, utilizar la gravedad para alejar al feto del cordón umbilical y así aliviar la presión. 

Por todo lo que hemos explicado tenemos que tener en cuenta, a la hora de responder una pregunta, las respuestas que nos den, en este caso (pregunta realizada al principio) la respuesta correcta es la B, Trendelenburg, en otras ocasiones la respuesta será otra, como por ejemplo:

01. PARA EL TRASLADO DE UNA MUJER EMBARAZADA QUE PRESENTA PROLAPSO DEL CORDÓN UMBILICAL, ¿QUE POSICIÓN SE DEBE ADOPTAR?

a) Posición de Sims exagerada
b) Trendelenburg
c) Decúbito lateral derecho
d) Las respuestas A y B son correctas
Resultado:

02. PARA EL TRASLADO DE UNA MUJER EMBARAZADA QUE PRESENTA PROLAPSO DEL CORDÓN UMBILICAL, ¿QUE POSICIÓN SE DEBE ADOPTAR?

a) Posición de Sims exagerada
b) Trendelenburg
c) Genupectoral
d) Todas las respuestas anteriores son correctas
Resultado:



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Publicado por www.celadoresonline.com el 10 de Noviembre de 2025

jueves, 3 de julio de 2025

SE CONVOCAN 313 PLAZAS DE CELADOR/A PARA INSTITUT CATALÀ DE LA SALUT

Resolución SLT/2380/2025, de 20 de junio, de convocatoria de los procesos selectivos, mediante el sistema de concurso oposición, para proveer plazas básicas de personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud (código identificación convocatoria 100-2025)

Se convocan pruebas selectivas por el sistema de CONCURSO-OPOSICIÓN, para el acceso a la condición de PERSONAL ESTATUTARIO FIJO de personal de gestión y servicios CELADOR/A

313 plazas

  • 224 plazas turno libre
  • 27 discapacidad
  • 62 promoción interna

El plazo de presentación de solicitudes de participación hasta el 31 de Julio de 2025

La presentación de estas solicitudes se efectuará por medios electrónicos

El importe de la tasa general de participación es de 25,90 €

PROCESO SELECTIVO = Concurso-Oposición


FASE OPOSICIÓN. Valoración de 2/3 partes de la puntuación total = 100 puntos

Estará constituida por una prueba con 2 ejercicios obligatorios

Para superar la prueba de la fase de oposición, es necesario resultar apto/a en cada uno de estos ejercicios, con la obtención de la calificación mínima que, en cada caso, se indica

  • 1º Ejercicio. Puntuación máxima 50 puntos
    • Test de conocimientos de carácter obligatorio y eliminatorio
    • Consiste en responder a un cuestionario de preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una es correcta, sobre el contenido del temario transversal y el temario que figura en las bases específicas
    • Las preguntas sin respuesta o con más de una respuesta no se contemplan
  • 2º Ejercicio. Puntuación máxima 50 puntos
    • Resolución de uno o varios supuestos prácticos, de carácter obligatorio y eliminatorio
    • Consiste en resolver uno o varios supuestos prácticos, sobre el contenido del temario que figura en las bases específicas

La puntuación mínima de superación del ejercicio será de 25 puntos. Las personas que no superen la mencionada puntuación quedarán excluidas de la convocatoria

La puntuación global de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los dos ejercicios 




FASE CONCURSO. Valoración de 1/3 parte de la puntuación total = 50 puntos

El 100% de la puntuación de esta fase (50 puntos)

  • 60% en servicios prestados (30 puntos)

  • 40% en otros méritos curriculares (20 puntos)



Enlace al Boletín. Pinchar aquí

Enlace a la solicitud. Pinchar aquí


CONVOCATORIA DE PLAZAS DE DISTINTAS CATEGORÍAS DE PERSONAL SANITARIO Y PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS DEL I.C.S. - INSTITUT CATALÀ DE LA SALUT... Pinchar aquí



CONVOCATORIAS DE OPOSICIONES SANITARIAS... Pincha Aquí 


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Publicado por www.celadoresonline.com el 3 de Julio de 2025

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jueves, 7 de noviembre de 2024

PROPUESTA CALENDARIO DE EXÁMENES DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (SAS)

El Servicio Andaluz de Salud (SAS), ha publicado las posibles fechas para realizar los exámenes correspondientes a las distintas categorías.



La Oferta de Empleo Público del 2022, ya publicada, cuenta con 4.629 plazas, de las cuales 3.120 de acceso libre y 1.509 por promoción interna

La Oferta de Empleo Público del 2023 suma 3.838, de las que 2.865 son de acceso libe y 973 por promoción interna

La Oferta de Empleo Público del 2024, aprobada por Mesa Sectorial el 29 de octubre de 2024, añade 10.311 plazas, pendientes de publicar.

En total suponen 18.778 plazas

18.778 PLAZAS pertenecientes a las OEP de los años 2022, 2023 y 2024, de las cuales:

  • 667 para CELADOR/A
  • 1427 para TCAE:
  • 768 para administrativo/a
  • 2498 para enfermería
  • 921 para medicina de familia de Atención Primaria





TEMARIO ACTUALIZADO DE CELADOR/A PARA EL SAS (Servicio Andaluz de Salud). Pinchar aquí




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Publicado por www.celadoresonline.com el 7 de Noviembre de 2024

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martes, 5 de noviembre de 2024

CENTRO Y ESTABLECIMIENTO SANITARIO

CENTRO SANITARIO

Según la Ley 41/2002, de 14 noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se entiende por CENTRO SANITARIO el conjunto organizado de profesionales, instalaciones y medios técnicos que realiza actividades y presta servicios para cuidar la salud de los pacientes y usuarios.

Conforme al Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, se entiende por CENTRO SANITARIO: conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas. Los centros sanitarios pueden estar integrados por uno o varios servicios sanitarios, que constituyen su oferta asistencial



HOSPITALES (centros con internamiento):centros sanitarios destinados a la asistencia especializada y continuada de pacientes en régimen de internamiento (como mínimo una noche), cuya finalidad principal es el diagnóstico o tratamiento de los enfermos ingresados en éstos, sin perjuicio de que también presten atención de forma ambulatoria

  • Hospitales generales: hospitales destinados a la atención de pacientes afectos de diversa patología y que cuentan con las áreas de Medicina, Cirugía, Obstetricia y Ginecología y Pediatría. También se considera general cuando, aun faltando o estando escasamente desarrollada alguna de estas áreas, no se concentre la mayor parte de su actividad asistencial en una determinada.

  • Hospitales especializados: hospitales dotados de servicios de diagnóstico y tratamiento especializados que dedican su actividad fundamental a la atención de determinadas patologías o de pacientes de determinado grupo de edad o con características comunes.

  • Hospitales de media y larga estancia: hospitales destinados a la atención de pacientes que precisan cuidados sanitarios, en general de baja complejidad, por procesos crónicos o por tener reducido su grado de independencia funcional para la actividad cotidiana, pero que no pueden proporcionarse en su domicilio, y requieren un periodo prolongado de internamiento.

  • Hospitales de salud mental y tratamiento de toxicomanías: hospitales destinados a proporcionar diagnóstico, tratamiento y seguimiento de su enfermedad a los pacientes que precisan ser ingresados y que sufren enfermedades mentales o trastornos derivados de las toxicomanías.

  • Otros centros con internamiento: hospitales que no se ajustan a las características de ninguno de los grupos anteriores o reúnen las de más de uno de ellos.


CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA: centros sanitarios sin internamiento que atienden al individuo, la familia y la comunidad, desarrollando funciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, curación y rehabilitación a través tanto de sus medios básicos como de los equipos de apoyo a la atención primaria

  • Centros de salud: son las estructuras físicas y funcionales que posibilitan el desarrollo de una atención primaria de salud coordinada globalmente, integral, permanente y continuada, y con base en el trabajo de equipo de los profesionales sanitarios y no sanitarios que actúan en ellos. En ellos desarrollan sus actividades y funciones los equipos de atención primaria

  • Consultorios de atención primaria: centros sanitarios que, sin tener la consideración de centros de salud, proporcionan atención sanitaria no especializada en el ámbito de la atención primaria de salud



ESTABLECIMIENTO SANITARIO

Conforme al Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, se entiende por ESTABLECIMIENTO SANITARIO el conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias de dispensación de medicamentos o de adaptación individual de productos sanitarios 



ESTABLECIMIENTO SANITARIO

  • Oficinas de farmacia: establecimientos sanitarios privados de interés público, sujetos a la planificación sanitaria que establezcan las comunidades autónomas, en las que el farmacéutico titular-propietario de aquéllas, asistido, en su caso, de ayudantes o auxiliares, debe prestar a la población los servicios básicos recogidos en el artículo 1 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de los servicios de las oficinas de farmacia

  • Botiquines: establecimientos sanitarios autorizados para la tenencia, conservación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios, por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad a una oficina de farmacia

  • Ópticas: establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de un diplomado en Óptica y Optometría, se realizan actividades de evaluación de las capacidades visuales mediante técnicas optométricas ; tallado, montaje, adaptación, suministro, venta, verificación y control de los medios adecuados para la prevención, detección, protección, mejora de la agudeza visual ; ayudas en baja visión y adaptación de prótesis oculares externas

  • Ortopedias: establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de personal con la titulación oficial, cualificación profesional, o experiencia requeridas conforme a la legislación vigente, se lleva a cabo la dispensación, con adaptación individualizada al paciente, de productos sanitarios de ortopedia considerados como prótesis u ortesis, así como ayudas técnicas destinadas a paliar la pérdida de autonomía o funcionalidad o capacidad física de los usuarios

  • Establecimientos de audioprótesis: establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de personal con la titulación oficial, cualificación profesional o experiencia requeridas conforme a la legislación vigente, se lleva a cabo la dispensación, con adaptación individualizada al paciente, de productos sanitarios dirigidos a la corrección de deficiencias auditivas


Bibliografía

· Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios

· Ley 41/2002, de 14 noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica





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Publicado por www.celadoresonline.com el 5 de Noviembre de 2024

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lunes, 19 de agosto de 2024

CONVOCATORIA DE 2 PLAZAS DE CELADOR/A DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución de 18 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1 sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado


2 PLAZAS DE CELADOR/A:

  • 1 PLAZA PARA EL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO DE FONCALENT EN ALICANTE
  • 1 PLAZA PARA SEVILLA

  • GRUPO: E1
  • ESPECIALIDAD: TRASLADO Y MOVILIZACIÓN DE USUARIOS Y/O PACIENTES, DOCUMENTACIÓN Y MATERIALES EN CENTROS SANITARIOS
  • PERSONAL LABORAL FIJO
  • ACCESO LIBRE
  • TÍTULO EXIGIDO: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Título Profesional Básico 





Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud 790

La presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía electrónica

El plazo para la presentación de solicitud se amplía hasta el 24 de Octubre de 2024

El importe de la tasa por derechos de examen será: 9,32 € (general), 4,66 € (reducción 50%)


Las instrucciones para cumplimentar la solicitud aparecen en el ANEXO I de la resolución donde aparecen las bases de la convocatoria


El proceso selectivo constará de una única fase de OPOSICIÓN

Fase OPOSICIÓN – Máximo 100

Constará de 1 ejercicio:

  • Consistirá en la realización de un cuestionario de 60 preguntas, con respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, más 6 preguntas de reserva (2 correspondientes a la primera parte y 4 preguntas a la segunda parte)
  • Con 2 partes:
    • La primera parte20 preguntas sobre el temario común correspondiente al grupo E1
    • Segunda parte40 preguntas sobre el temario de la parte específica correspondiente a la especialidad
  • Todas las preguntas tendrán el mismo valor
    • Las contestaciones erróneas se penalizarán descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. 
    • Las respuestas en blanco no penalizan
  • 60 minutos para realizarlo
  • Máximo de 100 puntos (40 puntos para la primera parte y 60 para la segunda), siendo necesario un mínimo de 50 para superar el ejercicio

NOVEDAD: 

Ampliación del plazo de presentación de instancias hasta el 24 de octubre de 2024



Temario:

Parte específica:

1. Manejo y traslado de documentación sanitaria. Confidencialidad y derecho a la información.

2. Actuación en los Servicios Generales: El servicio de admisión y vigilancia. Habitaciones de los enfermos y estancias comunes.

3. El traslado y la movilidad de los enfermos. El aseo del paciente. Atención al enfermo y a los familiares.

4. Actuación en los Servicios Especiales: quirófano. unidades de psiquiatría, salas de autopsias y tanatorios. farmacia y almacén.

5. Actuación en unidades de urgencias y ambulancias.

6. Actuación en unidades de traumatismos, heridas y quemadura


Parte común:

1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. La protección de los derechos.

2. El Gobierno y la Administración. La Administración Central del Estado. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

3. Régimen jurídico del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes del personal laboral al servicio de la Administración Pública. El contrato de trabajo en la Administración Pública. Modalidades. Suspensión. Extinción. Sus causas. El despido.

4. Políticas de igualdad de Género. Plan de Igualdad de género en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Políticas contra la Violencia de género. Discapacidad y Dependencia. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.


Enlace a la convocatoria. Pincha aquí

Enlace a la solicitud. Pincha aquí

Enlace a la corrección de errores (ampliación de presentación de instancias). Pincha aquí



TEMARIO (parte específica) DE CELADOR/A DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS



Publicado por www.celadoresonline.com el 19 de Agosto de 2024

Queda prohibida la reproducción por cualquier medio sin permiso expreso




jueves, 11 de enero de 2024

BATERÍA DEFINITIVA DE PREGUNTAS DE CELADOR/A DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD -SCS-

PREGUNTAS Y RESPUESTAS DEFINITIVAS DE CELADOR/A DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD. 

OEP 2016-17-18-ESTABILIZACIÓN



Todos los que os estáis preparando la oposición, disponéis de las 300 preguntas DEFINITIVAS que consta el reportorio de las preguntas y respuestas de la categoría de Celador/a del Servicio Canario de la Salud.  Cada parte se compone de 50 preguntas, los test los podéis realizar todas las veces que queráis, de esta forma comprobaréis una y otra vez vuestros conocimientos. 

BATERÍA DE 300 PREGUNTAS:

miércoles, 3 de enero de 2024

EXTINTOR DE INCENDIO PORTÁTIL

Un extintor es un aparato autónomo que contiene un agente extintor, el cual puede ser proyectado y dirigido sobre un fuego por la acción de una presión interna.

Un agente extintor es el producto o conjunto de productos contenidos en el extintor y cuya acción provoca la extinción del incendio.

Extintor de incendio portátil, está concebido para que pueda ser llevado y utilizado a mano teniendo en condiciones de funcionamiento una masa igual o inferior a 20Kg.


Extintor portátil de incendios de presión permanente


Extintor portátil de incendios de presión no permanente con botellín interior



NORMA GENERAL DE USO DE UN EXTINTOR PORTÁTIL

Para que la utilización de un extintor tenga un mínimo de eficacia, la persona que lo use, debería haber sido formado previamente.

Cada extintor lleva una etiqueta donde se especifica el modo de empleo y las precauciones a tomar.

En la utilización de un extintor portátil se debe tener en cuenta:

  • La posible toxicidad del agente extintor o de los productos que genera en contacto con el fuego
  • La posibilidad de quemaduras por acercarnos al fuego o por reacciones químicas peligrosas
  • Descargas eléctricas
  • Proyecciones inesperadas de fluidos emergentes del extintor a través de la válvula de seguridad


  1. Descolgar el extintor asiéndolo por la maneta o asa fija que disponga y dejarlo sobre el suelo en posición vertical.
  2. En caso de que el extintor posea manguera asirla por la boquilla para evitar la salida incontrolada del agente extintor. En caso de que el extintor fuese de CO2 llevar cuidado especial de asir la boquilla por la parte aislada destinada para ello y no dirigirla hacia las personas.
  3. Comprobar en caso de que exista válvula o disco de seguridad que están en posición sin peligro de proyección de fluido hacia el usuario.
  4. Quitar el pasador de seguridad tirando de su anilla.
  5. Acercarse al fuego dejando como mínimo un metro de distancia hasta él. En caso de espacios abiertos acercarse en la dirección del viento.
  6. Apretar la maneta y, en caso de que exista, apretar la palanca de accionamiento de la boquilla. Realizar una pequeña descarga de comprobación de salida del agente extintor.
  7. Dirigir el chorro a la base de las llamas.
  8. En el caso de incendios de líquidos proyectar superficialmente el agente extintor efectuando un barrido horizontal y evitando que la propia presión de impulsión pueda provocar el derrame incontrolado del producto en combustión. Avanzar gradualmente desde los extremos










BIBLIOGRAFÍA

· Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios
· ITC (Instrucción Técnica Complementaria) MIE AP5 Extintores de Incendios
· NTP 28: Medios manuales de extinción (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales)
· NTP 536: Extintores de incendio portátiles: utilización
· Orden de 24 de octubre de 1979 sobre Protección Anti-incendios en los Establecimientos Sanitarios