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domingo, 5 de enero de 2025

LA ATENCIÓN PRIMARIA EN EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD (SES)

El ÁREA DE SALUD se configura como la demarcación territorial básica, que a su vez se organiza en ZONAS DE SALUD, que constituyen el marco territorial y poblacional de la Atención Primaria, respondiendo su delimitación a factores geográficos, demográficos, socioeconómicos, epidemiológicos, laborales, culturales, de vías y medios de comunicación, así como de recursos y comarcalización existente; todos estos factores se caracterizan por su variabilidad, como consecuencia de una realidad social cambiante.




ZONA DE SALUD

La ZS es el marco territorial y poblacional de la Atención Primaria de Salud, donde la población recibe la prestación sanitaria mediante el acceso directo, y en la que se ha de proporcionar una atención continuada, integral y permanente, a través de los/las profesionales integrantes del Equipo de Atención Primaria.

  • En cada zona de salud:

    • Existirá un centro de salud y será el centro de referencia del resto de los centros de atención primaria de la zona de salud.

    • Se constituirá un Equipo de Atención Primaria. Su estructura y dotación de recursos materiales y humanos dependerá, en cada caso, de criterios de funcionalidad y de las necesidades sociales y sanitarias.

    • Tendrá una dirección y una subdirección, bajo la dependencia jerárquica de la Gerencia del Área de Salud.

      • La persona titular de la Dirección de la ZS es la responsable de la gestión y coordinación, tanto del EAP como de las unidades de apoyo ubicadas en la misma.

  • Las Zonas de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura serán las delimitadas mediante el correspondiente Decreto que regule el mapa sanitario.


LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA

Son el soporte físico y funcional donde se presta la atención sanitaria al individuo, a la familia y a la comunidad, y en los que se desarrollan las funciones propias de la atención primaria, facilitando el trabajo en equipo del personal sanitario y de gestión y servicios de la Zona de Salud.

Son centros de atención primaria:

  • LOS CENTROS DE SALUD, son las estructuras físicas y funcionales que posibilitan el desarrollo de una atención primaria de salud coordinada globalmente, integral, permanente y continuada, y con base en el trabajo de equipo de los profesionales sanitarios y no sanitarios que actúan en ellos. En los centros de salud desarrollan sus actividades y funciones los equipos de atención primaria.

  • LOS CONSULTORIOS LOCALES, son centros sanitarios que, sin tener la consideración de cetros de salud, proporcionan atención sanitaria en el ámbito de la Atención Primaria de Salud.

  • Los centros de LAS UNIDADES DE APOYO A LA ATENCIÓN PRIMARIA, son unidades de atención sanitaria con áreas de intervención específicas, que complementan a la atención primaria, mejoran su resolución y la accesibilidad a pruebas e intervenciones, dotadas de los recurso técnicos y profesionales necesarios.

    • Las unidades de apoyo a la AP ejercerán sus funciones en las zonas de salud que se incluyan en su ámbito de actuación, que será determinado por la Gerencia del Área de Salud correspondiente

    • La Dirección Gerencia del SES determinará la constitución en cada área de salud la unidades de apoyo que sean necesaria, en función de criterios geográficos, demográficos, epidemiológicos y asistenciales, directamente coordinados con el/los EAP de las zonas de salud de su ámbito de actuación

    • Las unidades de apoyo a la Atención Primaria de Salud:

      • Los Centros de Planificación Familiar

      • Los Equipos de Conductas Adictivas

      • Las Unidades de Salud Bucodental

      • Las Unidades de Radiología

    • Forman parte:

      • Personal sanitario:

        • De medicina

        • De psicología clínica

        • Enfermeros/as

        • Enfermeros/as especialistas

        • De odontología

        • De higiene dental

        • Técnico medio sanitario en cuidados auxiliares de enfermería

        • Técnico superior especialista en radiodiagnóstico

      • Personal de gestión y servicios

        • De trabajo social

Otras unidades del Servicio Extremeño de Salud pertenecientes a la Atención Primaria de Salud o relacionadas y coordinadas con ésta son:

  • Las Unidades Medicalizadas de Emergencias y el sector sanitario del Centro de Atención de Urgencias y Emergencias 112 de Extremadura, que dependen funcionalmente de la Dirección de Atención Primaria de las Áreas de Salud

  • Unidades transversales, con actuación en ambos niveles asistenciales (AP y AE), dependientes funcionalmente de la Gerencia del Área de Salud:

    • Unidades del Dolor

    • Equipos de Soporte de Cuidados Paliativos

    • Equipos de Salud Mental

El Equipo de Atención Primaria está formado por un conjunto multidisciplinar de profesionales pertenecientes al Servicio Extremeño de Salud, que desarrollan conjuntamente todas las actividades necesarias para el cuidado integral de la salud de la población asignada, y cuya función es atender las necesidades de salud y resolver las que sean de su competencia.

El equipo de atención primaria organizará su funcionamiento siguiendo los principios de eficiencia y de subsidiaridad.

Forman parte del EAP:

  • Personal sanitario:

    • De medicina de familia

    • De pediatría

    • De farmacia

    • De veterinaria

    • Enfermeros/as

    • Enfermeros/as especialistas (enfermería familiar y comunitaria)

    • De fisioterapia

    • Técnico medio sanitario en cuidados auxiliares de enfermería

  • Personal de gestión y servicios

    • De trabajo social

    • De grupo auxiliar de función administrativa

    • Celador/a

Los/las profesionales de la ZS, bajo el liderazgo de la dirección de zona, aplicarán la metodología de trabajo en equipo para conseguir el objetivo común de proteger la salud y atender y resolver las demandas de la población asignada. Cada profesional participa comprometiéndose y responsabilizándose de cumplir los acuerdos adoptados y desarrollando al máximo sus competencias profesionales.

En cada EAP se constituirá un comité de dirección, que actuará como órgano colegiado de asesoramiento a la dirección de ZS sobre cuestiones asistenciales y organizativas.

  • El comité de dirección estará formado, como mínimo, por:

    • Un representante de medicina

    • Un representante de los/las enfermeros/as

    • Un representante del personal administrativo

  • Las personas integrantes del comité de dirección serán nombradas y cesadas por la dirección de la zona de salud.


FUNCIONES DE LA ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD

El equipo de personas y las estructuras de atención primaria de salud constituyen el primer nivel de contacto de la población con el Sistema Público de Extremadura. Su función es atender las demandas de salud de la población, resolver los problemas de salud de su competencia, y garantizar la globalidad y continuidad de la atención a lo largo de la vida del/la paciente, actuando, además, como gestor, coordinador de casos y regulador de flujos.

La atención primaria de salud comprenderá:

  • Actividades de protección y promoción de la salud

  • Prevención de la enfermedad

  • Atención sanitaria

  • Rehabilitación

  • Trabajo social

Para satisfacer las necesidades sanitarias de la población la atención primaria dispondrá de:

  • Estructuras

  • Equipamiento

  • Personal apropiados y suficientes en cantidad y tiempo

  • Acceso, establecido por protocolos, a las pruebas diagnósticas que se precisen


Funciones de la atención primaria de salud:

  • Asistenciales, de cuidados y de atención a la persona usuaria

    • La atención sanitaria, a demanda y concertada, presencial y no presencial.

    • La atención a la emergencia y a los problemas de salud que requieren atención en el día.

    • La atención administrativa, labores de información, admisión y citación, prestaciones y gestoría, canalización de sugerencias y reclamaciones.

    • La indicación, prescripción y/o realización de procedimientos diagnósticos y terapéuticos necesarios para la atención del/la paciente.

    • La gestión y prestación farmacéutica.

    • La atención social sanitaria y su coordinación con las redes de atención social sanitaria hospitalaria, servicio social de atención social básica y atención social del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.

    • La rehabilitación básica.

    • El fomento del autocuidado.

    • La atención y servicios específicos a las mujeres, a la infancia y a la adolescencia, a los jóvenes, a los adultos, a los ancianos, a la familia, a los grupos de riesgo, a pacientes con necesidades de cuidados paliativos y a sus familias, y a pacientes con enfermedad crónica, garantizando la continuidad asistencial en las transiciones del/la paciente desde otros niveles asistenciales.

    • La atención a la salud mental.

    • La atención a la salud bucodental.

    • La atención en materia de conductas adictivas.

    • La atención en materia de salud sexual.

  • De salud pública y salud comunitaria

    • Las actividades de salud pública, la vigilancia en salud pública.

    • Las actividades en materia de protección y promoción de la salud, educación para la salud, tanto individual como grupal, y prevención de la enfermedad.

    • Las actividades relacionadas con la salud comunitaria, la orientación comunitaria de la atención primaria y el desarrollo de sus tres niveles:

      • Individual: abordaje biopsicosocial y recomendación de recursos comunitarios

      • Grupal: educación para la salud con enfoque de determinante sociales

      • Colectivo: acciones comunitarias, que incluyen actividades, iniciativas y procesos de salud comunitaria

Las acciones comunitarias se desarrollarán en los centros de atención primaria y fuera de ellos

    • Atención a los/as usuarios en materia de salud pública

  • De formación, docencia e investigación son funciones que se integran en la actividad ordinaria de cada profesional de atención primaria, para adecuar, de forma permanente, los conocimientos, habilidades y actitudes a las competencias establecidas para cada categoría profesional

    • Formación continuada

    • Investigación

    • Formación pregrado, posgrado y especializada

  • De mejora de la calidad y de seguridad del/la paciente

    • La mejora de la calidad en el ámbito de la atención primaria de salud, está ligada a la evaluación constante de la misma y al desarrollo de normas de calidad y seguridad, indicadores, guías de práctica clínica, procesos asistenciales integrados y registro de buenas prácticas, protocolos de inspección y otros procedimientos normalizados de trabajo.

    • La seguridad del/la paciente en el ámbito de la atención primaria de salud se fundamentará en:

      • La promoción de la cultura y clima de seguridad

      • Identificación de riesgos e implantación de medidas preventivas

      • Implementación de prácticas seguras

      • Fomento del aprendizaje

    • Se prestará especial atención a promover la calidad relacional

  • De registro y gestión

    • El registro de la información que se derive del ejercicio profesional de cualquiera de las categorías mediante el sistema de información establecido por el Servicio Extremeño de Salud

    • El acceso, manejo y evaluación de la información con el fin de realizar las funciones propias de la atención primaria, respetando siempre la confidencialidad y la normativa sobre protección de datos

    • La gestión integral de la demanda

    • La organización de las actividades del equipo o unidad

    • La gestión y buen uso de los recurso sanitarios de la zona de salud


LA ATENCIÓN CONTINUADA ASISTENCIAL 

Es el servicio que, en el ámbito de la atención primaria de salud, con los recursos actividades y prestaciones previstas en el Plan de Salud, garantiza de forma coordinada y ordenada, la atención sanitaria permanente a la población.

Con carácter general:

  • La atención continuada se establecerá en cada ZS.

  • La atención continuada asistencial será realizada por los/las profesionales, sanitarios y/o de gestión y servicios, que trabajan en ella .

Se podrá prestar en:

  1. Puntos de Atención Continuada (PAC), estarán ubicados en el centro de salud de la zona prestando asistencia a la población de toda la zona de salud.

  2. Puntos de Atención Continuada Accesorios (PAC accesorios), ubicados en algún consultorio local de la zona de salud, prestarán asistencia a la población de la localidad donde se ubiquen.

  3. Puntos Unificados de Atención Continuada, que, ubicados en un centro de salud o en un CAP destinado al efecto, prestarán asistencia a la población asignada de varias zonas de salud contiguas.

El horario de funcionamiento de los PAC, PAC accesorios y punto unificado de atención continuada será establecido por el Servicio Extremeño de Salud, para garantizar, en todo momento, la atención continuada de la población.

La atención continuada asistencial será realizada por los/las profesionales a quien corresponda, según sus funciones.




Funciones del/la celador/a en los centros de atención primaria del Servicio Extremeño de Salud (SES). Pincha aquí

Estructuras básicas de salud. Pinchar aquí

Atención Primaria. Pinchar aquí


Bibliografía

· Ley General de Sanidad.

· Decreto 180/2017, de 31 de octubre, por el que se modifica el Decreto 166/2005, de 5 de julio, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

· Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.




martes, 5 de noviembre de 2024

CENTRO Y ESTABLECIMIENTO SANITARIO

CENTRO SANITARIO

Según la Ley 41/2002, de 14 noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, se entiende por CENTRO SANITARIO el conjunto organizado de profesionales, instalaciones y medios técnicos que realiza actividades y presta servicios para cuidar la salud de los pacientes y usuarios.

Conforme al Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, se entiende por CENTRO SANITARIO: conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias con el fin de mejorar la salud de las personas. Los centros sanitarios pueden estar integrados por uno o varios servicios sanitarios, que constituyen su oferta asistencial



HOSPITALES (centros con internamiento):centros sanitarios destinados a la asistencia especializada y continuada de pacientes en régimen de internamiento (como mínimo una noche), cuya finalidad principal es el diagnóstico o tratamiento de los enfermos ingresados en éstos, sin perjuicio de que también presten atención de forma ambulatoria

  • Hospitales generales: hospitales destinados a la atención de pacientes afectos de diversa patología y que cuentan con las áreas de Medicina, Cirugía, Obstetricia y Ginecología y Pediatría. También se considera general cuando, aun faltando o estando escasamente desarrollada alguna de estas áreas, no se concentre la mayor parte de su actividad asistencial en una determinada.

  • Hospitales especializados: hospitales dotados de servicios de diagnóstico y tratamiento especializados que dedican su actividad fundamental a la atención de determinadas patologías o de pacientes de determinado grupo de edad o con características comunes.

  • Hospitales de media y larga estancia: hospitales destinados a la atención de pacientes que precisan cuidados sanitarios, en general de baja complejidad, por procesos crónicos o por tener reducido su grado de independencia funcional para la actividad cotidiana, pero que no pueden proporcionarse en su domicilio, y requieren un periodo prolongado de internamiento.

  • Hospitales de salud mental y tratamiento de toxicomanías: hospitales destinados a proporcionar diagnóstico, tratamiento y seguimiento de su enfermedad a los pacientes que precisan ser ingresados y que sufren enfermedades mentales o trastornos derivados de las toxicomanías.

  • Otros centros con internamiento: hospitales que no se ajustan a las características de ninguno de los grupos anteriores o reúnen las de más de uno de ellos.


CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA: centros sanitarios sin internamiento que atienden al individuo, la familia y la comunidad, desarrollando funciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, curación y rehabilitación a través tanto de sus medios básicos como de los equipos de apoyo a la atención primaria

  • Centros de salud: son las estructuras físicas y funcionales que posibilitan el desarrollo de una atención primaria de salud coordinada globalmente, integral, permanente y continuada, y con base en el trabajo de equipo de los profesionales sanitarios y no sanitarios que actúan en ellos. En ellos desarrollan sus actividades y funciones los equipos de atención primaria

  • Consultorios de atención primaria: centros sanitarios que, sin tener la consideración de centros de salud, proporcionan atención sanitaria no especializada en el ámbito de la atención primaria de salud



ESTABLECIMIENTO SANITARIO

Conforme al Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, se entiende por ESTABLECIMIENTO SANITARIO el conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o habilitación profesional, realizan básicamente actividades sanitarias de dispensación de medicamentos o de adaptación individual de productos sanitarios 



ESTABLECIMIENTO SANITARIO

  • Oficinas de farmacia: establecimientos sanitarios privados de interés público, sujetos a la planificación sanitaria que establezcan las comunidades autónomas, en las que el farmacéutico titular-propietario de aquéllas, asistido, en su caso, de ayudantes o auxiliares, debe prestar a la población los servicios básicos recogidos en el artículo 1 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de los servicios de las oficinas de farmacia

  • Botiquines: establecimientos sanitarios autorizados para la tenencia, conservación y dispensación de medicamentos y productos sanitarios, por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad a una oficina de farmacia

  • Ópticas: establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de un diplomado en Óptica y Optometría, se realizan actividades de evaluación de las capacidades visuales mediante técnicas optométricas ; tallado, montaje, adaptación, suministro, venta, verificación y control de los medios adecuados para la prevención, detección, protección, mejora de la agudeza visual ; ayudas en baja visión y adaptación de prótesis oculares externas

  • Ortopedias: establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de personal con la titulación oficial, cualificación profesional, o experiencia requeridas conforme a la legislación vigente, se lleva a cabo la dispensación, con adaptación individualizada al paciente, de productos sanitarios de ortopedia considerados como prótesis u ortesis, así como ayudas técnicas destinadas a paliar la pérdida de autonomía o funcionalidad o capacidad física de los usuarios

  • Establecimientos de audioprótesis: establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de personal con la titulación oficial, cualificación profesional o experiencia requeridas conforme a la legislación vigente, se lleva a cabo la dispensación, con adaptación individualizada al paciente, de productos sanitarios dirigidos a la corrección de deficiencias auditivas


Bibliografía

· Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios

· Ley 41/2002, de 14 noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica





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Publicado por www.celadoresonline.com el 5 de Noviembre de 2024

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