domingo, 16 de julio de 2023

SEÑALIZACIÓN DE LAS ZONAS RADIACTIVAS

SEÑALIZACIÓN DE LAS ZONAS PARA LA PROTECCIÓN SANITARIA CONTRA LAS RADIACIONES IONIZANTES

Las áreas en las que existen fuentes de radiación ionizante o material radiactivo, son zonas de acceso restringido y han de estar debidamente señalizadas. En función del riesgo de exposición se clasifican en:
  1. ZONA CONTROLADA. Aquella en la que exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a los 6mSV por año oficial o una dosis equivalente superior a los 3/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, la piel y las extremidades. También en la que sea necesario seguir procedimientos de trabajo con objeto de restringir la exposición a la radiación ionizante.
  2. Se subdividen en:
    • ZONAS DE PERMANENCIA LIMITADA: aquellas en las que existe el riesgo de recibir una dosis superior a los límites establecidos
    • ZONAS DE PERMANENCIA REGLAMENTADA: aquellas en las que existe el riesgo de recibir en cortos periodos de tiempo una dosis superior a los límites de dosis fijados a lo largo de un año y que requieren prescripciones especiales desde el punto de vista de la optimización
    • ZONAS DE ACCESO PROHIBIDO: aquellas en las que existe el riesgo de recibir, en una exposición única, dosis superiores a los límites de dosis fijados
  3. ZONA VIGILADA: aquella zona en la que, no siendo controlada, exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a 1mSv por año oficial o una dosis equivalente superior a 1/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, la piel y las extremidades




El riesgo de exposición a radiaciones ionizantes se señalizará a través de un “TRÉBOL” (símbolo internacional) enmarcado por una orla rectangular del mismo color que el trébol del interior :
  • Zonas controladas: trébol de color verde sobre fondo blanco
    • Zonas de permanencia limitada: trébol color amarillo sobre fondo blanco
    • Zonas de permanencia reglamentada: trébol color naranja sobre fondo blanco
    • Zonas de acceso prohibido: trébol color rojo sobre fondo blanco
  • Zonas vigiladas: trébol de color gris azulado sobre fondo blanco


El acceso a las zonas controladas y vigiladas, estará limitado a las personas autorizadas al efecto, donde se establecerán procedimientos de trabajo adoptados al riesgo radiológico existente. Las puertas de acceso a estas instalaciones deben permanecer cerradas mientras se utiliza el equipo

En las zonas que precisen de señalización:
  • Para el riesgo de irradiación externa se utilizará el trébol general de la zona bordeado de puntas radiales
  • Para el riesgo de contaminación, se usará el trébol general de la zona en campo punteado
  • Para el riesgo de contaminación y de Irradiación se empleará el trébol general de la zona bordeado de puntas radiales en campo punteado

Todas las señales anteriormente descritas:
  • Se colocarán de forma bien visible en las zonas de riesgo
  • En la parte superior aparecerá la leyenda indicativa al tipo de zona
  • En la parte inferior, se incluirá la leyenda indicativa al tipo de riesgo











Bibliografía
· Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales
· Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo
· Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes
· NTP 614: Radiaciones ionizantes: normas de protección


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Publicado por www.celadoresonline.com el 16 de Julio de 2023

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