martes, 11 de febrero de 2025

GESTIÓN RESIDUOS SANITARIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

Los residuos sanitarios son todos aquéllos generados como consecuencia del desarrollo de las actividades sanitarias relacionadas con la salud humana o animal cuya persona o entidad productora o poseedora quiera o deba desprenderse, incluidos los envases y residuos de envases que los contengan o los hayan contenido.

A efectos del Reglamento andaluz de residuos,(Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía) los residuos sanitarios se clasifican de la forma siguiente:




Grupo I. Residuos domésticos

Son los residuos no peligrosos que se generan en los centros sanitarios y veterinarios fuera de la actividad asistencial, que no presentan ningún tipo de contaminación ni riesgos de infección y que, por tanto, no plantean exigencias especiales de gestión. 

Su composición coincide con la de los residuos domésticos.

Están compuestos por papel, cartón, metales, plástico, vidrio, restos de comida, así como otros tipos de residuos que normalmente se generan en estancias o áreas del centro donde no se realizan actividades relacionadas con la salud humana o animal, tales como oficinas, comedores, cafeterías, almacenes, salas de espera y similares 


Grupo II. Residuos sanitarios asimilables a domésticos

Residuos producidos como consecuencia de la actividad asistencial y de investigación asociada, que no están incluidos entre los considerados residuos sanitarios peligrosos al no reconocérseles peligrosidad real ni potencial.

Por su lugar de generación quedan sujetos a requerimientos adicionales de gestión únicamente en el ámbito del centro sanitario o veterinario.

Se incluyen en este grupo residuos tales como:



Gestión de residuos sanitarios de los Grupos I y II

A efectos de su gestión, los residuos sanitarios de los grupos I y II tendrán la consideración de residuos municipales y, como tales, es competencia de los entes locales su recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación según lo dispuesto en las ordenanzas locales.

Los responsables de los centros sanitarios y veterinarios deberán velar, con carácter general:

  • Por el cumplimiento de las obligaciones definidas en el artículo 25 (del reglamento andaluz de residuos) para las personas o entidades productoras de residuos municipales
  • Evitar a toda costa su mezcla con residuos de los grupos III, IV y V 


Grupo III. Residuos peligrosos de origen sanitario

Residuos asociados a la actividad asistencial respecto de los que se deben observar especiales medidas de prevención en la manipulación, recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación, tanto dentro como fuera del ámbito del centro generador, dado que pueden representar un riesgo para las personas laboralmente expuestas, para la salud pública o para el medioambiente.

Pertenecen a este grupo: 


Grupo IV. Residuos radiactivos y otros residuos regulados por normativas específicas

Residuos tipificados en normativas específicas, cuya gestión está sujeta a requerimientos especiales desde el punto de vista sanitario y medioambiental, tanto dentro como fuera del centro generador. 

Este grupo incluye: 


La gestión de los restos humanos de suficiente entidad queda regulada por la normativa vigente en materia de policía sanitaria mortuoria

La eliminación de los residuos radiactivos es competencia exclusiva de ENRESA (Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, Sociedad Anónima)


Grupo V. Residuos peligrosos de origen no sanitario

Aquellos residuos peligrosos que se generan en las actividades auxiliares de los centros sanitarios y veterinarios, pero que NO son específicos de la actividad asistencial ni de la investigación asociada, tales como transformadores, aceites usados, baterías, filtros, disolventes, restos de pintura, productos de limpieza o similares.


Gestión de residuos sanitarios de los Grupos III, IV y V

De acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos, en general y de residuos peligrosos, en particular, corresponde a las personas o entidades productoras:

  • La segregación
  • El envasado
  • La retirada desde los puntos de producción
  • El almacenamiento temporal
  • La entrega a una persona o entidad gestora autorizada para su valoración o eliminación

La gestión de los residuos sanitarios del Grupo IV se realizará conforme se especifica en la normativa específica que les sea de aplicación


SEGREGACIÓN

Una correcta segregación en origen sin que se mezclen los residuos de cada uno de los grupos asegurará un adecuado tratamiento posterior del residuo


Normas de envasado

Los colores, dimensiones y las características, seguirán estrictamente las directrices que a tal efecto determine:

  • El Plan de Gestión de Residuos del Servicio Andaluz de Salud

  • El Procedimiento de Gestión de Residuos del centro

En el caso de que algún aspecto no estuviera regulado en dichos documentos, se atenderá a lo provisto en Procedimiento Marco de Logística de Gestión interna de residuos en los Centros del Servicio Andaluz de Salud 


ENVASADO





GRUPO I. Residuos domésticos

  • Bolsas de color negro


GRUPO II. Residuos sanitarios asimilables a domésticos

  • Se harán uso de bolsas de color MARRÓN y galga como mínimo de 200. Las bolsas de basura se cerrarán previamente antes de evacuarse, no reutilizándose

  • Medicamentos desechados. A pesar de no ser considerados como residuo peligroso, se someten a recogida selectiva. Para la recogida de residuos de medicamentos, excepto citotóxicos y citostáticos, se emplean contenedores reutilizables de 60 litros de color BLANCO


GRUPO III. Residuos peligrosos de origen sanitario

  • Grupo III.a

    • Se recogen en bolsas de color ROJO, con galga mínima 400, preferentemente de material reciclado

    • Contenedores reutilizables + bolsa de color VERDE

    • Contenedores de un solo uso de color VERDE

    • Contenedores de color AZUL para los residuos considerado como Material Específico de Riesgo (MER), añadiendo el pictograma correspondiente al tipo de material que se trate y con una etiqueta adherida con la leyenda INCINERACIÓN

    • Los residuos cortantes y punzantes se recogerán en contenedores específicos de color AMARILLO

La consideración de que determinados residuos tengan la consideración de MER es exclusiva de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del SAD 

  • Grupo III.b

    • Los residuos citostáticos se recogerán en un contenedor de un solo uso de color ROJO, el contenedor se identificará con el pictograma de “RESIDUO CITOSTÁTICO”

    • Los residuos químicos líquidos (xilol, formol) así como otros residuos líquidos, como son los procedentes del revelado de placas radiográficas, restos de desinfectantes, etc, se recogerán en garrafas BLANCAS diseñadas y homologadas para el trasporte por carretera de mercancías peligrosas por carretera.

    • En general, los residuos químicos sólidos, excluidos los citotóxicos, se recogerán en contenedores de color AMARILLO con una reseña sobre el contenido de los mismos.

    • Los residuos de restos anatómicos mezclados en formol, procedente de los laboratorios de anatomía patológica, serán eliminados en un contenedor color AMARILLO con la leyenda “RESTOS ANATÓMICOS CONSERVADOS EN FORMOL”





  • Características de los contenedores:

    • Elaborados con material que garantice su total eliminación

    • Rígidos

    • Impermeables

    • Resistentes a agentes químicos y a materiales perforantes

    • Beben disponer:

      • de un cierre provisional que garantice su estanqueidad hasta su llenado

      • de un cierre hermético definitivo


GRUPO V. Residuos peligrosos de origen no sanitario

  • Absorbentes, filtros y trapos contaminados por sustancias peligrosas como aceites, disolventes, barnices... muy habituales en las actividades de Mantenimiento, contenedor NEGRO con leyenda interna indicando el tipo de residuo



RECOGIDA

Los residuos tanto peligrosos como los que no lo son, se han de retirar desde los distintos puntos de producción con una periodicidad adecuada, se recomienda una recogida, cuando menos, diaria y siempre que las circunstancias así lo aconsejen a excepción de algunos residuos peligrosos de origen no sanitario


TRANSPORTE

Por regla general, el transporte interno se realizará mediante carros (envases de distinta procedencia) a través de circuitos prefijados.

Las características de los carros:

  • No serán destinados a otra finalidad

  • Sus paredes deben ser lisas y de fácil limpieza y desinfección

  • Deberán circular cerrados (dispositivo de cierre adecuado)

Precauciones que se tomarán a la hora del transporte:

  • Los envase deben estar convenientemente cerrados

  • Los envases, especialmente las bolsas de plástico NO deben arrastrarse por el suelo, por lo que el carro se deberá acercar lo máximo posible hasta el lugar de recogida

  • Cuando sean envases perforables (bolsas de plástico), el personal de limpieza deberá cogerlos por arriba y mantenerlos suspendidos y alejados del cuerpo, para evitar accidentes causados por residuos punzantes o contantes mal envasados

  • NO se realizarán trasvases de residuos entre residuos

  • El personal de limpieza deberá usar guantes 


ALMACENAMIENTO TEMPORAL

Para todos aquellos Centros con una importante producción de residuos, dispondrán de un almacenamiento temporal, cuando el traslado de los mismo al almacén final no es inmediato a la recogida.

  • Esta zona deberá estar convenientemente señalizada

  • NO podrá coincidir con circuitos limpios o zonas de tránsito de personal y/o usuarios

  • Cercana a los puntos de producción

  • Adecuada ventilación

  • Las paredes deben ser de fácil limpieza

  • El almacenamiento NO deberá exceder de las 12 horas


ALMACENAMIENTO FINAL

Tanto el almacenamiento de residuos, propiamente dicho, como las instalaciones necesarias para el mismo, deberán cumplir con la legislación y normas técnicas que les sean aplicables.

  • En general, el tiempo de almacenamiento de los residuos peligrosos, por parte de los productores, no podrá exceder de 6 meses

  • Los residuos del grupo III.a. la periodicidad de recogida será de 48-72 horas

Recomendaciones del almacenamiento:

  • El local deberá estar impermeabilizado, como mínimo, hasta una altura de 2 metros

    • Diseñado con material y forma que facilite su limpieza

    • Estará protegido de la intemperie, de las temperaturas elevadas y de los animales

  • Adecuada ventilación e iluminación

  • La altura máxima de apilamiento vendrá determinada por la resistencia del propio envase y la densidad de los residuos almacenados

  • Los recipientes estarán protegidos contra los riesgo que provoquen su caída, rotura y derrame del contenido

  • Los productos peligrosos no deben almacenarse nunca en estanterías altas

  • Las zonas de almacenamiento estarán separadas de la red de saneamiento

  • Los almacenes de residuos peligrosos deberán situarse:

    • En zonas separadas de las áreas de trabajo, circulación de personas o almacenamiento de alimentos

    • En zonas donde se reduzcan al mínimo los riesgos por posible emisiones, fugas,

    • incendios, explosiones e inundaciones

  • Limitar la cantidad de residuos almacenados para evitar riesgos

  • Para no exceder el tiempo máximo de almacenamiento, existirá un inventario actualizado de las cantidades almacenadas

  • Ubicar las zonas de almacenamiento en lugares que permitan el acceso:

    • A los vehículos de recogida

    • El personal de seguridad y bomberos en caso de emergencia

  • El almacén permanecerá cerrado y señalizado de forma visible, alusiva al almacenamiento de residuos y la peligrosidad de los mismos

  • El acceso al almacén se limitará al personal autorizado

  • Han de cumplir la legislación vigente de protección contra incendios

  • Para evitar la mezcla de residuos, deberá haber diferentes áreas de almacenamiento para cada tipo de residuo peligroso




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Actividades sanitarias: las correspondientes a hospitales, clínicas y sanatorios de medicina humana o animal, consultas de profesionales liberales, centros socio-sanitarios, laboratorios de análisis clínicos, laboratorios de salud pública e investigación médica, centros de atención primaria, centros de planificación familiar y cualquier otra que tenga relación con la salud humana o animal.

Almacenamiento: El depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o eliminación, por tiempo inferior a dos años, o a seis meses si se trata de residuos peligrosos, a menos que reglamentariamente se establezcan plazos inferiores. No se incluye en este concepto el depósito temporal de residuos en las instalaciones de producción con los mismos fines y por períodos de tiempo inferiores a los señalados en el párrafo anterior 

Biorresiduo: residuo biodegradable de jardines y parques, residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, restaurantes, servicios de restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor; así como, residuos comparables procedentes de plantas de procesado de alimentos.

Envase: todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Se consideran también envases todos los artículos desechables utilizados con este mismo fin”. Dentro de este concepto se incluyen únicamente los envases de venta o primarios, los envases colectivos o secundarios y los envases de transporte o terciarios 

Residuo de envase: todo envase o material de envase que se ajuste a la definición de residuo establecido en la Directiva marco de residuos, excepto los residuos de producción 

Gestión de residuos: la recogida, el almacenamiento, el transporte, el tratamiento y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones, así como la clausura y mantenimiento posterior al cierre de los vertederos. También se incluyen las actuaciones realizadas en calidad de persona o entidad negociante o agente.

Gestor de residuos: La persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos

Gestión Intracentro o Logística de Gestión Interna: Es aquella parte de la Gestión de Residuos que se lleva a cabo específicamente en los Centros Sanitarios. La gestión intracentro o logística de gestión interna se realiza siguiendo las directrices de los Procedimientos Específicos de Gestión de los Residuos

Persona o entidad gestora de residuos: persona o entidad, pública o privada, registrada mediante autorización o comunicación, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no la productora de los mismos.

Persona o entidad negociante de residuos: toda persona física o jurídica que actúe por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, incluidos las personas o entidades negociantes que no tomen posesión física de los residuos

Persona o entidad poseedora de residuos: persona o entidad productora de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos

Persona o entidad productora de residuos: cualquier persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos (persona o entidad productora inicial de residuos) o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo, que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. En el caso de mercancías retiradas por los servicios de control e inspección en las instalaciones fronterizas se considerará productor de residuos a la persona representante de la mercancía, o bien a la persona importadora o exportadora de la misma

Órgano gestor (OG): Parte de la estructura organizativa del SAS, dotada de recursos propios, para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de los OG sanitarios adscritos en su ámbito geográfico y que se responsabiliza de la atención sanitaria a la ciudadanía o de tareas de soporte no asistencial. Los órganos gestores se agrupan en seis categorías: Hospitales, Áreas de Gestión Sanitaria, Distritos Sanitarios, Red Andaluza de Medicina Transfusional Tejidos y Células, y OG no asistenciales

Residuos peligrosos: Aquellos definidos como tal en el listado europeo de residuos, así como los recipientes y envases que los hayan contenido, los que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte

Residuos peligrosos de origen sanitario: Residuos asociados a la actividad asistencial respecto de los que se deben observar especiales medidas de prevención en la manipulación, recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación, tanto dentro como fuera del ámbito del OG generador, dado que pueden representar un riesgo para las personas laboralmente expuestas, para la salud pública o para el medioambiente 

Residuos de medicamentos: se consideran residuos de medicamentos aquellos medicamentos que ya no son aptos para el uso para el que fueron fabricados, tales como medicamentos caducados, los que ya no son necesarios, las sobras de sus preparaciones, así como aquellos que a pesar de no haber superado su fecha límite de vencimiento han sufrido condiciones de almacenamiento inapropiadas o sus envases se encuentran en mal estado. También se consideran residuos de medicamentos sus envases vacíos o con restos


Bibliografía

  • DECRETO 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía
  • Manual de Gestión Ambiental

  • Plan de Gestión de Residuos Servicio Andaluz de Salud

  • Plan Integral de Residuos de Andalucía. Hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030

  • Anexo VI. Procedimiento Marco de Logística de Gestión interna de residuos en los Centros del Servicio Andaluz de Salud

  • Gestión de Residuos. Hospital Universitario Reina Sofía

  • Gestión de Residuos. Área de Gestión Sanitaria Jerez, Costa Noroeste y Sierra de Cádiz

  • Gestión de Residuos. Hospital Universitario Costa del Sol


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Publicado por www.celadoresonline.com el 11 de Febrero de 2025

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sábado, 8 de febrero de 2025

SE CONVOCAN 436 PLAZAS DE CELADOR-CONDUCTOR/A PARA EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (SAS)

Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Auxiliar Administrativo/a, Celador/a, Conductor/a, Monitor/a, Personal de Oficio Costurero/a y Peluquero/a, Técnico/a de Mantenimiento Acabados de Construcción, Madera y Mueble y Obras de Albañilería, Telefonista, Celador/a, Limpiador/a, Peón/a, Personal de Lavandería y Planchado y Pinche, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024 

348 PLAZAS CELADOR/A -CONDUCTOR/A PLAZAS TURNO LIBRE

  • 314 cupo general

  • 30 discapacidad FSS

  • 4 discapacidad enfermedad mental


88 PLAZAS CELADOR/A -CONDUCTOR/A PLAZAS TURNO PROMOCIÓN INTERNA

  • 79 cupo general

  • 8 discapacidad FSS

  • 1 discapacidad enfermedad mental

La presentación de las solicitudes de participación y el pago de las tasas por inscripción en la convocatoria se realizarán utilizando la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC)

El plazo de presentación de solicitudes desde el 10 de febrero hasta el 3 de marzo de 2025, ambos inclusive




CONCURSO-OPOSICIÓN

La puntuación máxima será de 200 puntos

  • 50% corresponde a la fase de oposición (máximo100 puntos)

  • 50% corresponde a la fase de concurso (máximo 100 puntos)


FASE DE OPOSICIÓN

Tendrá carácter eliminatorio

  • La prueba consistirá en un cuestionario teórico/práctico de 75 preguntas tipo test -más 3 de reserva- cada una con 4 respuestas alternativas, de la que solo una es válida o correcta
  • El tiempo para realizar el ejercicio será de 2 horas
  • La puntuación se obtendrá a través de la siguiente formula: [(A - E/4) x (100/P)]
    • A = número de aciertos
    • E = número de errores
    • P = numero de preguntas no anuladas

Para superar la fase de oposición, la puntuación obtenida por la persona aspirante habrá de alcanzar el 60% , para el acceso libre

Para superar la fase de oposición, la puntuación obtenida por la persona aspirante habrá de alcanzar el 50% , para promoción interna

Habrá nota de corta que se realizará hallando la media de las 10 puntuaciones más altas


FASE CONCURSO

A esta fase sólo accederán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición

  • Experiencia profesional (máximo 45 puntos)

  • Superación de fase de oposición anterior, titulaciones académicas de carácter oficial, formación continuada, docencia impartida en actividades de formación (máximo 55 puntos


Resolución de la convocatoria. Pinchar aquí

Resolución de las bases. Pinchar aquí

Ventanilla Electrónica de Profesionales. Pinchar aquí

Acceso a VEC. Pinchar aquí





CONVOCATORIA DE PLAZAS DE DISTINTAS CATEGORÍAS DE PERSONAL NO SANITARIO DEL S.A.S. - SERVICIO ANDALUZ DE SALUD...Pinchar aquí


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Publicado por www.celadoresonline.com el 7 de Febrero de 2025

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SE CONVOCAN 1.400 PLAZAS DE CELADOR/A PARA EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD (SAS)

Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Auxiliar Administrativo/a, Celador/a, Conductor/a, Monitor/a, Personal de Oficio Costurero/a y Peluquero/a, Técnico/a de Mantenimiento Acabados de Construcción, Madera y Mueble y Obras de Albañilería, Telefonista, Celador/a, Limpiador/a, Peón/a, Personal de Lavandería y Planchado y Pinche, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024 

1.225 PLAZAS CELADOR/A PLAZAS TURNO LIBRE

  • 1.126 cupo general

  • 87 discapacidad FSS (intelectual)

  • 12 discapacidad enfermedad mental


175 PLAZAS CELADOR/A PROMOCIÓN INTERNA

  • 161 cupo general

  • 13 discapacidad FSS

  • 1 discapacidad enfermedad mental


La presentación de las solicitudes de participación y el pago de las tasas por inscripción en la convocatoria se realizarán utilizando la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC)

La tasa por derechos de examen 13,15 €

El plazo de presentación de solicitudes desde el 10 de febrero hasta el 3 de marzo de 2025, ambos inclusive




CONCURSO-OPOSICIÓN

La puntuación máxima será de 200 puntos

  • 50% corresponde a la fase de oposición (máximo100 puntos)

  • 50% corresponde a la fase de concurso (máximo 100 puntos)

FASE DE OPOSICIÓN

Tendrá carácter eliminatorio

Acceso libre/promoción interna

  • Consistirá en la realización de un examen que evaluará los conocimientos teóricos y prácticos de la persona aspirante, a través de un cuestionario tipo test con 50 preguntas más 3 de reserva, cada una con 4 respuestas alternativas, de las cuales solo 1 es la correcta
  • El tiempo para realizar el ejercicio será de 1 hora y 30 minutos
  • La puntuación se obtendrá a través de la siguiente formula: [(A - E/4) x (100/P)]
    • A = número de aciertos
    • E = número de errores
    • P = numero de preguntas no anuladas

Acceso personas con discapacidad turno libre/promoción interna

  • La prueba consistirá en un cuestionario teórico de fácil lectura consistente en 25 preguntas tipo test, cada una con 3 respuestas alternativas de la que sólo una es verdadera o correcta
  • El tiempo para realizar el ejercicio será de 1 hora y 30 minutos
  • Cada respuesta correcta se valorará con 4 puntos
  • No restan las respuestas incorrectas
  • La puntuación se obtendrá a través de la siguiente formula:(A x 4) x (25/P)
    • A = número de aciertos
    • P = numero de preguntas no anuladas


Para superar la fase de oposición, la puntuación obtenida por la persona aspirante habrá de alcanzar el 60% , para el acceso libre

Para superar la fase de oposición, la puntuación obtenida por la persona aspirante habrá de alcanzar el 50% , para promoción interna

Habrá nota de corte se realizará hallando la media de las 10 puntuaciones más altas


FASE CONCURSO

A esta fase sólo accederán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición

  • Experiencia profesional (máximo 45 puntos)

  • Superación de fase de oposición anterior, titulaciones académicas de carácter oficial, formación continuada, docencia impartida en actividades de formación (máximo 55 puntos


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miércoles, 29 de enero de 2025

SE CONVOCAN 120 PLAZAS DE CELADOR/A PARA EL SALUD (Servicio Aragonés de Salud)

RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Celador/a en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, discapacidad, personas transexuales y violencia de género 

Se Convocan pruebas selectivas (CONCURSO OPOSICIÓN) para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, 120 plazas de la categoría de CELADOR/A (código de la categoría E301) en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón correspondientes a la Oferta de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024, de acuerdo con la siguiente distribución:

  • 79 plazas por turno libre
  • 9 plazas discapacidad general igual o superior al 33%.
  • 15 plazas discapacidad intelectual igual o superior al 33%
  • 9 plazas enfermedad mental igual o superior al 33%
  • 5 plazas personas transexuales
  • 3 plazas violencia de género 

Las instancias para participar en las pruebas selectivas se formalizarán vía web en el Portal Electrónico de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud, mediante la inscripción en la correspondiente convocatoria y cumplimentación del modelo informático de solicitud que deberá ser presentada por vía telemática.

La tasa por derechos de examen 8,51 €, se efectuará mediante pago telemático

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 28 de febrero de 2025

El sistema de selección será concurso oposición, por lo que las pruebas selectivas constarán de dos partes, oposición y concurso

Fase oposición

Constará de un ejercicio eliminatorio, siendo la puntuación máxima 100 puntos correspondiente a 100 aciertos

  • Un cuestionario por escrito de 100 preguntas más 10 de reserva tipo test
  • Todas las preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida
    • Las respuestas correctas puntuarán positivamente
    • Las respuestas no contestadas no tendrán valoración alguna
    • Las respuestas contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta
  • Para superar este ejercicio se aplicarán de forma sucesiva los siguientes criterios:
    • La puntuación necesaria para superarlo será la que resulte de aplicar la fórmula del 60% de la media de las 10 mejores notas, sin que la puntuación mínima pueda ser inferior al 50% de la nota máxima alcanzada y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable
    • En todo caso, el número de aprobados será de tres, como máximo, por cada una de las plazas convocadas 



Fase concurso

Fase a la que pasarán todos aquellos que superen la fase de oposición

  • Consistirán en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes referidos el último día de plazo de presentación de solicitudes
    • Experiencia profesional: 60 puntos máximo
    • Formación: 20 puntos máximo
    • Otras actividades: 20 puntos máximo


Enlace a la resolución de la convocatoria. Pinchar aquí

Portal Electrónico de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud. Pinchar aquí

Página web Oposiciones. Servicio Aragonés de Salud. Pinchar aquí


Convocatoria de plazas de distintas categorías para el Servicio Aragonés de Salud. Pinchar aquí





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Publicado por www.celadoresonline.com el 29 de Enero de 2025

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