Señalización de Seguridad



Señalización de seguridad y salud en el trabajo: la referida a un objeto, actividad o situación determinadas, que proporciona una obligación o indicación relativa a la seguridad y la salud en el trabajo mediante señal en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal, o una señal gestual.
La Señalización de seguridad es una acción preventiva para evitar que se produzca un accidente
Para garantizar una apropiada protección de los trabajadores el empresario/Administración pública debe garantizar que en los lugares de trabajo exista una adecuada señalización de seguridad y salud. La elección del tipo de señal, número y emplazamiento se efectuará de tal forma que sea lo más eficaz posible, teniendo en cuenta:
  • Las características de la señal
  • Los riesgos que hayan de señalizarse
  • La extensión de la zona a cubrir
  • El número de trabajadores afectados






Los objetivos de la señalización de seguridad son:
  • Llamar la atención sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones
  • Alertar cuando se produzca una situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación
  • Facilitar la localización e identificación de medios o instalaciones de: 
    • Protección
    • Evacuación
    • Emergencia
    • Primeros auxilios
  • Orientar o guiar para la realización de maniobras peligrosas
La señalización deberá permanecer en tanto persista la situación que la motiva

La señalización NO deberá considerarse una medida sustitutoria de:
  • Las medidas técnicas y organizativas de protección colectiva
  • La formación e información de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo




Colores de seguridad
Color de seguridad: un color al que se atribuye una significación determinada en relación con la seguridad y salud en el trabajo.
Los colores de seguridad podrán formar parte de una señalización de seguridad o constituirla por sí 
mismos



Cuando el color de fondo sobre el que tenga que aplicarse el color de seguridad pueda dificultar la percepción de este ultimo, se utilizará un color de contraste que encuadre o se alterne con el de seguridad, de acuerdo con la siguiente tabla:



Tipos de señalización en el lugar de trabajo
Señales en forma de panel:

Señal en forma de panel: una señal que, por la combinación de una forma geométrica, de colores y de un símbolo o pictograma, proporciona una determinada información, cuya visibilidad está asegurada por una iluminación de suficiente intensidad

Características:
  • Pictogramas lo más sencillos posible
  • Material que resista los golpes, las inclemencias del tiempo y las agresiones medio ambientales
  • Características generales que garanticen visibilidad y comprensión

Requisitos de utilización:
  • Altura y posición apropiadas al ángulo visual
  • Lugar de colocación bien iluminado, accesible y fácilmente visible
  • No demasiadas señales próximas entre sí
  • Cuando desaparezca su causa deben eliminarse

Actuaciones preventivas
  • Identificar y evaluar riesgos
  • Aplicar medidas preventivas para la eliminación, minimización y control de los riesgos
  • Señalar sólo como medida complementaria y nunca como medida sustitutoria:
    1. Seleccionando el tipo, tamaño y material de las señales
    2. Ubicándolas en lugares visibles
    3. Informando a los trabajadores de su significado
    4. Manteniéndolas y controlando su aplicación
Tipos de señales
  1. De advertencia: una señal que advierte de un riesgo o peligro. Triangular.  pictograma negro sobre fondo amarillo, bordes negros
  2. De prohibición: una señal que prohíbe un comportamiento susceptible de provocar un peligro. Redonda: pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda rojos
  3. De obligación: una señal que obliga a un comportamiento determinado. Redonda: pictograma blanco sobre fondo azul
  4. De salvamento o de socorro: una señal que proporciona indicaciones relativas a las salidas de socorro, a los primeros auxilios o a los dispositivos de salvamento. Rectangular o cuadrada: pictograma blanco sobre fondo verde
  5. Señal indicativa de Equipos de lucha contra incendios: Rectangular o cuadrada: pictograma blanco sobre fondo rojo


Símbolo o pictograma: una imagen que describe una situación u obliga a un comportamiento determinado, utilizada sobre una señal en forma de panel o sobre una superficie luminosa
La señalización dirigida a advertir de la presencia de un riesgo, o a recordar la existencia de una prohibición u obligación, se realizará en forma de panel

SEÑALES LUMINOSAS
Señal luminosa: una señal emitida por medio de un dispositivo formado por materiales transparentes o translúcidos, iluminados desde atrás o desde el interior, de tal manera que aparezca por sí misma como una superficie luminosa.
Características:
  • Deberán provocar contraste luminoso
  • No producirán deslumbramientos
  • La superficie luminosa que emita una señal podrá ser de color uniforme
  • Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, se utilizará para indicar, con respecto a la señal continua, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida
  • Para no dar lugar a confusión, no se utilizarán dos señales luminosas al mismo tiempo
  • Los dispositivos de emisión de señales luminosas para uso en caso de peligro grave deberán ser objeto de revisiones especiales o ir provistos de una bombilla auxiliar

SEÑALES ACÚSTICAS

Señal acústica: una señal sonora codificada, emitida y difundida por medio de un dispositivo apropiado, sin intervención de voz humana o sintética.
Características:
  • Deberá tener un nivel sonoro superior al nivel de ruido ambiental, sin llegar a ser excesivamente molesto
  • Cuando el ruido ambiental sea intenso, NO se deberá utilizar
  • No deberán utilizarse dos señales acústicas a la vez
  • El sonido de una señal de evacuación deberá ser continuo

Tipos:
  • Sirenas
  • Timbres campana
  • Zumbadores 

Comunicaciones verbales
Comunicación verbal: un mensaje verbal predeterminado, en el que se utiliza voz humana o sintética
Características:
  • Se establece entre un emisor y uno o varios receptores
  • El lenguaje formado por textos cortos, frases, grupos de palabras o palabras aisladas, eventualmente codificados
  • Mensajes verbales cortos, simples y claros
  • La comunicación verbal será: 
    1. Directa (utilización de voz humana)
    2. Indirecta, la voz será difundida por un medio apropiado

Señales gestuales
Señal gestual: un movimiento o disposición de los brazos o de las manos en forma codificada para guiar a las personas que estén realizando maniobras que constituyan un riesgo o peligro para los trabajadores.
características
  • Deberá ser precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender y claramente distinguible de cualquier otra señal
  • La utilización de los dos brazos será simétrica

La señalización utilizada como técnica de seguridad debe complementar, nunca sustituir a las medidas técnicas y organizativas de prevención






Señalización de las zonas para la protección sanitaria contra las radiaciones IONIZANTE

Las áreas en las que existen fuentes de radiación ionizante o material radiactivo, son zonas de acceso restringido y han de estar debidamente señalizadas. En función del riesgo de exposición se clasifican en:
  1. Zona controlada. Aquella en la que exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a los 6mSV por año oficial o una dosis equivalente superior a los 3/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, la piel y las extremidades. También en la que sea necesario seguir procedimientos de trabajo con objeto de restringir la exposición a la radiación ionizante.
  2. Se subdividen en:
    • Zonas de permanencia limitada: aquellas en las que existe el riesgo de recibir una dosis superior a los límites establecidos
    • Zonas de permanencia reglamentada: aquellas en las que existe el riesgo de recibir en cortos periodos de tiempo una dosis superior a los límites de dosis fijados a lo largo de un año y que requieren prescripciones especiales desde el punto de vista de la optimización
    • Zonas de acceso prohibido: aquellas en las que existe el riesgo de recibir, en una exposición única, dosis superiores a los límites de dosis fijados
  3. Zona vigilada: aquella zona en la que, no siendo controlada, exista la posibilidad de recibir dosis efectivas superiores a 1mSv por año oficial o una dosis equivalente superior a 1/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, la piel y las extremidades
El riesgo de exposición a radiaciones ionizantes se señalizará a través de un “trébol” (símbolo internacional) enmarcado por una orla rectangular del mismo color que el trébol del interior :
  • Zonas controladas: trébol de color verde sobre fondo blanco
    • Zonas de permanencia limitada: trébol color amarillo sobre fondo blanco
    • Zonas de permanencia reglamentada: trébol color naranja sobre fondo blanco
    • Zonas de acceso prohibido: trébol color rojo sobre fondo blanco
  • Zonas vigiladas: trébol de color gris azulado sobre fondo blanco


El acceso a las zonas controladas y vigiladas, estará limitado a las personas autorizadas al efecto, donde se establecerán procedimientos de trabajo adoptados al riesgo radiológico existente. Las puertas de acceso a estas instalaciones deben permanecer cerradas mientras se utiliza el equipo

En las zonas que precisen de señalización:

  • Para el riesgo de irradiación externa se utilizará el trébol general de la zona bordeado de puntas radiales
  • Para el riesgo de contaminación, se usará el trébol general de la zona en campo punteado
  • Para el riesgo de contaminación y de Irradiación se empleará el trébol general de la zona bordeado de puntas radiales en campo punteado

Todas las señales anteriormente descritas:
  • Se colocarán de forma bien visible en las zonas de riesgo
  • En la parte superior aparecerá la leyenda indicativa al tipo de zona
  • En la parte inferior, se incluirá la leyenda indicativa al tipo de riesgo






Bibliografía
· Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales
· Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo
· Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes
· NTP 614: Radiaciones ionizantes: normas de protección

Publicado por www.celadoresonline.com el 26 de octubre de 2019
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Actualizado el 10 de abril de 2022