Tarjeta Sanitaria

El acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria que proporciona el Sistema Nacional de Salud se facilitará a través de la tarjeta sanitaria individual.

La TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL es el documento administrativo que las Administraciones sanitarias autonómicas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ceuta y Melilla) emiten, con soporte informático, a las personas residentes en su ámbito territorial que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública. 

La tarjeta sanitaria individual emitida por cualquiera de las Administraciones sanitarias competentes, será válida en todo el Sistema Nacional de Salud, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente. Su validez y utilización se restringe únicamente al territorio nacional. 




Con objeto de disponer de datos normalizados de cada persona, en su condición de usuario del Sistema Nacional de Salud, independientemente del título por el que accede al derecho a la asistencia sanitaria y de la Administración sanitaria emisora, todas las tarjetas sanitarias incorporan una serie de datos básicos comunes y estarán vinculadas a un código de identificación personal único para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud. 

Las tarjetas incluirán, de manera normalizada, los datos básicos de identificación del titular de la tarjeta, del derecho que le asiste en relación con la prestación farmacéutica y del servicio de salud o entidad responsable de la asistencia sanitaria.

La tarjeta sanitaria individual contendrá en el anverso, de manera normalizada y de forma visible, los siguientes datos básicos y comunes:
  • Identidad institucional de la comunidad autónoma o entidad que la emite
  • Los rótulos de "Sistema Nacional de Salud de España" y "Tarjeta Sanitaria"
  • Código de identificación personal asignado por la administración sanitaria emisora de la tarjeta (CIP-AUT)
  • Nombre y apellidos del titular de la tarjeta
  • Código de identificación personal único del Sistema Nacional de Salud (CIP-SNS)
  • Código de identificación de la administración sanitaria emisora de la tarjeta



Además se podrán incorporar a la tarjeta sanitaria (en los supuestos en los que así lo autorice la ley):
  • El número del DNI del titular. En caso de extranjeros, el número de identidad de extranjeros –NIE-
  • El número de la Seguridad Social
  • La fecha de caducidad de la tarjeta
  • El número de teléfono de atención de urgencias sanitarias
  • Fotografía del titular de la tarjeta sanitaria
En el ángulo inferior derecho de la tarjeta sanitaria se podrá grabar en braille, a instancia de parte o de oficio, los caracteres de las iniciales de Tarjeta Sanitaria Individual -TSI- 



El código de identificación personal del Sistema Nacional de Salud tendrá carácter irrepetible y será único a lo largo de la vida de cada persona.

Los  organismos que emiten la tarjeTa sanitaria INDIVIDUAL son las Administraciones sanitarias autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.



Bibliografía
· Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
· Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual

sonsoles@. Publicado el 27 de mayo de 2019