Tarjeta Sanitaria

El acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria que proporciona el Sistema Nacional de Salud se facilitará a través de la tarjeta sanitaria individual.

La TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL es el documento administrativo que las Administraciones sanitarias autonómicas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ceuta y Melilla) emiten, con soporte informático, a las personas residentes en su ámbito territorial que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública. 

La tarjeta sanitaria individual emitida por cualquiera de las Administraciones sanitarias competentes, será válida en todo el Sistema Nacional de Salud, y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios del sistema en los términos previstos por la legislación vigente. Su validez y utilización se restringe únicamente al territorio nacional. 

Las administraciones sanitarias competentes:
  • Emitirán una tarjeta sanitaria individual a las personas residentes en su ámbito territorial que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública.
  • Podrán emitir la tarjeta sanitaria individual utilizando únicamente soporte físico o utilizando soporte físico y virtual
    • Cuando la tarjeta emitida sea en soporte físico y virtual, la emitida en soporte física podrá sustituir a la de forma virtual, siempre que la persona titular exprese su conformidad. 


Con objeto de disponer de datos normalizado de cada persona, en su condición de usuario del Sistema Nacional de Salud, todas las tarjetas sanitarias incorporarán una serie de datos básicos comunes y estarán vinculadas a un código de identificación personal único para cada ciudadano en el Sistema Nacional de Salud.

La tarjeta sanitaria individual contendrá en el anverso, de manera normalizada y de forma visible, los siguientes datos básicos y comunes:
  • Identidad institucional de la comunidad autónoma o entidad que la emite
  • Los rótulos de "Sistema Nacional de Salud de España" y "Tarjeta Sanitaria"
  • Código de identificación personal asignado por la administración sanitaria emisora de la tarjeta (CIP-AUT)
  • Nombre y apellidos del titular de la tarjeta
  • Código de identificación personal único del Sistema Nacional de Salud (CIP-SNS)
  • Código de identificación de la administración sanitaria emisora de la tarjeta



Además se podrán incorporar a la tarjeta sanitaria (en los supuestos en los que así lo autorice la ley):
  • El número del DNI del titular. En caso de extranjeros, el número de identidad de extranjeros (NIE)
  • El número de la Seguridad Social
  • La fecha de caducidad de la tarjeta
  • El número de teléfono de atención de urgencias sanitarias
  • Fotografía del titular de la tarjeta sanitaria
En el ángulo inferior derecho de la tarjeta sanitaria se podrá grabar en braille, a instancia de parte o de oficio, los caracteres de las iniciales de Tarjeta Sanitaria Individual -TSI- 



El código de identificación personal del Sistema Nacional de Salud tendrá carácter irrepetible y será único a lo largo de la vida de cada persona.

Los  organismos que emiten la tarjeTa sanitaria INDIVIDUAL son las Administraciones sanitarias autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

El Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad, de acuerdo con las comunidades autónomas y demás administraciones públicas competentes, establecerá:
  • Los requisitos y los estándares necesarios sobre los dispositivos que las tarjetas incorporen para almacenar la información básica, y las aplicaciones que las traten deberán permitir que la lectura y comprobación de los datos sea técnicamente posible en todo el territorio del Estado.


El reverso de la tarjeta sanitaria:

Banda magnética con tres pistas:
  • Pista 1 alfanumérica:
    • CIP-xx asignado por la administración sanitaria emisora de la tarjeta
    • CIP-SNS único asignado por el Sistema Nacional de Salud
    • Código de la administración sanitaria emisora (dos dígitos, el software de lectura convertirá este código al CITE que figura en el anverso de la tarjeta)
    • Nombre y apellidos del titular
  • Pista 2 numérica: libre
  • Pista 3 regrabable

Características específicas:
  • Tamaño de la tarjeta: ID1 siguiendo los estándares ISO 7810 de 1985
  • Si la tarjeta incorpora chip su ubicación se atendrá a la norma UNE-EN 1387-1997
  • Banda magnética de alta coercitividad de lectura-escritura, con tres pistas norma ISO 7811 de 1985

Test 403. Tarjeta sanitaria - 01



Bibliografía
· Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
· Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual
· Real Decreto 702/2013, de 20 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual


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Publicado por www.celadoresonline.com el 27 de Mayo de 2019

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